En apelación, 3 policías en servicio pasivo y 1 en servicio activo son llamados a juicio por presunta desaparición forzada

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 331-DC-2023

Quevedo (Los Ríos), 06 de abril de 2023.- La Corte Provincial de Justicia de Los Ríos dictó auto de llamamiento a juicio contra José Silvio Q., César Roberto C., Julio Enrique F. -policías en servicio pasivo– y Pablo Abraham A. –policía en servicio activo–, por su presunta participación en el delito de desaparición forzada de Luis Alberto Sabando, registrada el 29 de septiembre de 2004, en el cantón Buena Fe.

Por unanimidad, la Sala acogió el recurso de apelación interpuesto por la fiscal de la Dirección de Derechos Humanos, Isabel Jiménez, revocando el auto de sobreseimiento emitido por la jueza Patricia Saltos, quien en la audiencia de evaluación y preparatoria de juicio dijo no haber encontrado elementos suficientes sobre la participación de los procesados en esa conducta penal.

En la audiencia de apelación, que concluyó la tarde de hoy, los jueces superiores analizaron –nuevamente– dichos elementos de convicción expuestos por Fiscalía, valorándolos con un criterio contrario al de la jueza Saltos, resolviendo que estos sí tienen relación con la presunta conducta delictiva en la que habrían incurrido los procesados, determinando la obligación de aplicar los estándares internacionales relacionados con graves violaciones a los derechos humanos.

Los magistrados también determinaron una ilegalidad material en el auto de sobreseimiento de la jueza de primer nivel.

El 29 de septiembre de 2004, Luis Alberto Sabando fue detenido en el cantón Buena Fe y trasladado al Centro de Detención Provisional de Quevedo. Allí, los servidores policiales, sin la presencia de un abogado, lo interrogaron. Desde ese momento, solo los procesados conocen lo ocurrido y el paradero real de la víctima.

Según la investigación de Fiscalía, todos los actos efectuados por los procesados, quienes eran agentes estatales, tuvieron como objetivo causar la desaparición de Luis Alberto Sabando y ocultar hasta la fecha lo sucedido con él.

Para Fiscalía, este caso constituye una grave violación a los derechos humanos y el Estado debe cumplir con su obligación internacional de investigar y sancionar estas conductas.

Información jurídica

El delito de desaparición forzada está tipificado en el artículo 84 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), es considerado un delito permanente y contempla una pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.

 

 

 

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