Desechada recusación planteada en contra del juez Henry Cáliz

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 128-DC-2019

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Quito, 10 de junio de 2019.- Por unanimidad, el Tribunal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha desechó la demanda de recusación presentada en contra del juez Henry Cáliz por Gustavo M., procesado por el delito de lavado de activos en la construcción del Poliducto Pascuales-Cuenca, dentro del caso Odebrecht.

El Tribunal, conformado por los jueces Lady Ávila, Maritza Romero y Wilson Lema, luego del análisis de las pruebas, llegaron a la conclusión de que no se demostró la existencia de las causales previstos en los numerarles 8 y 10 del artículo 572 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), referentes a la recusación.

Según se conoció en la audiencia, dos abogados que fueron parte de la defensa de Gustavo M., en los procesos por lavado de activos y asociación ilícita, también son abogados patrocinadores del juez Cáliz en una investigación previa que inició en su contra la Fiscalía por un presunto delito de lavado de activos, con quienes tiene un conflicto, porque existiría una obligación económica pendiente.

Sin embargo –explicó el Tribunal– dichos abogados no son sujetos procesales en esta causa y, en el momento en que se realizó la audiencia de apelación a la sentencia, estas personas ya no eran defensores de Gustavo M.

Esta demanda de recusación se planteó el pasado 16 de mayo, cuando el juez Cáliz (quien era parte del Tribunal que conoció los recursos de apelación a la sentencia que ratificó el estado de inocencia de Ramiro C., Gustavo M. y Vladimir S.) sorpresivamente se excusó de actuar, pero los otros miembros del Tribunal no lo aceptaron.

La mencionada audiencia de apelación se llevó a cabo el 25 de marzo de 2019 y solo quedó pendiente la lectura de la resolución, pero por cuatro ocasiones no se había podido reinstalar.

Luego de conocer esta resolución, la Fiscalía espera que se señale –lo más pronto posible– la fecha para la reinstalación de la diligencia y que se resuelva el recurso de apelación.

EL CASO

Según la Fiscalía, en el año 2013, Ramiro C. se desempeñaba como gerente de Transporte y Almacenamiento de Petroecuador EP. Ese mismo año, la empresa Constructora Norberto Odebrecht participó en la licitación para la construcción del Poliducto Pascuales-Cuenca, contrato que fue suscrito entre Ramiro C. y los representantes de Odebrecht.

Según las investigaciones, por la adjudicación de contratos con el Estado, Odebrecht –a través de empresas off shore, como Klienfield Services– habría realizado pagos ilícitos para retribuir la asignación de dichos pagos. El representante de Ramiro C. ante Odebrecht, era Gustavo M., quien habría recibido valores en los años 2014 y 2015, a través de las cuentas de sus empresas en Panamá.

Gustavo M. habría dado el dinero en efectivo a Ramiro C., pero también se habrían hecho transferencias a la cuenta de Vladimir S. (en Estados Unidos), quien entregó el dinero en Ecuador utilizando su empresa. Para el efecto, se generó una factura por un servicio no prestado entre Ramiro C. y la mencionada compañía.

 

 

 

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