Corte Nacional de Justicia ratificó la sentencia contra Fidel A. en caso 30S
Quito, 1 de septiembre del 2015.- Tras la decisión de rechazar el recurso de casación interpuesto por Fidel A., quedó ratificada la sentencia de 3 años de prisión por su participación en los hechos del 30 de septiembre del 2010, (30S).
La audiencia de casación se efectuó la mañana de este martes 1 de septiembre. En representación de la Fiscalía actuó Yolanda Paredes, quien en su exposición argumentó que la defensa del acusado no fundamentó el recurso de casación conforme a la ley.
Además expresó que en este caso no cabe el pedido de favorabilidad solicitado por Fidel A., por improcedente ya que el delito de incitación a la rebelión por el que fue sentenciado, se encontraba tipificado en el artículo 146 del Código Penal y se mantiene en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), en el artículo 348, dentro del rango de los delitos contra la seguridad interna del Estado.
Esto, al contrario de lo que aseguró la defensa de Fidel A., quien alegó que ese delito no existe en el COIP, por lo que pedía que se declare la extinción de la acción, de la pena y el archivo del juicio.
Luego de la deliberación, el Tribunal de la Sala Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), conformado por los jueces Jorge Blum, Richard Villagómez y Miguel Jurado, decidió no dar paso al recurso y confirmaron la sentencia de 3 años de prisión dictada por el Quinto Tribunal de Garantías Penales de Pichincha, en mayo del 2014.