Consulta sobre el caso de ataque a una familia en aislamiento voluntario llegó a la Corte Constitucional
La consulta solicitada por la Fiscalía en el proceso por el ataque a una familia en aislamiento voluntario fue recibida por la Corte Constitucional (CC), el 16 de abril del 2014. Este organismo deberá resolver sobre la aplicabilidad de una posible pena a los procesados por su presunta participación en delito de genocidio.
Este proceso se refiere al presunto ataque que sufriera una familia de un pueblo en aislamiento voluntario en la provincia de Orellana, ocurrido el 30 de marzo del 2013. Hasta la fecha son 17 procesados, seis de los cuales se encuentran con prisión preventiva.
Durante la audiencia del 25 de marzo del 2014 en el Juzgado Segundo de Garantías Penales de Orellana, la Fiscalía solicitó al Juez que consulte ante la CC por considerar que existiría una inconstitucionalidad de ley con relación a la sanción establecida en el Código Penal para la comisión del delito de genocidio.
El Código Penal, en el capítulo relativo a los delitos de genocidio y etnocidio, establece que la pena por la comisión del delito de genocidio será de 16 a 25 de reclusión mayor extraordinaria.
Según el fiscal General, Galo Chiriboga Zambrano, esa sanción que, en el caso de aplicarse sin el debido análisis, no cumpliría con la obligación de considerar principios de justicia intercultural. Es decir, la observancia de elementos culturales relacionados con las costumbres y prácticas ancestrales (interpretación intercultural).
Mediante resolución del 14 de abril pasado, el juez de Garantías Penales de Orellana, Álvaro Guerrero, emitió y envió el texto de la consulta a la CC.
En el documento, Guerrero indica que llegó “a la conclusión de que existen motivos suficientes para generar una duda razonable y motivada respecto de la constitucionalidad de la aplicación en el presente caso…”.
En la Corte Constitucional, el documento será sometido a un proceso de admisibilidad, en el cual se verificará si la petición cumple con los requisitos legales. Luego, mediante sorteo, pasará a conocimiento de un juez constitucional, quien iniciará la sustanciación de la causa.
El Juez Constitucional podrá invitar a entidades públicas, universidades, organizaciones privadas y a expertos en las materias relacionadas con el tema del proceso, para que presenten informes técnicos. También tiene la posibilidad de recibir propuestas de diferentes organizaciones, antropólogos y más expertos para contar con los elementos jurídicos, culturales, antropológicos y en derechos humanos que le permitan recomendar una medida de solución al caso.
El Dato:
La Corte Constitucional deberá pronunciarse sobre la aplicabilidad de la pena, que en este caso sería de 16 a 25 años, como establece el 441 del Código Penal.
La cronología:
05-04-2013 Inicio de indagación previa de oficio. Visita de las organizaciones NAWE-ONWO y AMWAE a la Fiscalía General del Estado.
07-05-2013 Fiscalía comienza el peritaje de antropología cultural y jurídica. Toma de versiones a especialistas, funcionarios y dirigencia waorani.
11-2013 Se inicia la instrucción fiscal. Diligencia de reconocimiento del lugar de los hechos.
01/02-2014 Se atienden las solicitudes de recursos interpuestos por los defensores de las personas procesadas.
02/2014 Formulación preliminar del protocolo especializado de protección a niña, en coordinación con Baameno Ome Gompote
25-03-2014 El Juez de la Causa acepta el pedido de la Fiscalía de elevar a consulta a la Corte Constitucional para dilucidar la posible inconstitucionalidad en la aplicación de una posible pena para los procesados.
31-03-2014 La Corte Interamericana de Derechos Humanos decidió desestimar la solicitud de medidas provisionales interpuestas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a favor de las dos niñas pertenecientes a una familia en aislamiento voluntario.
14-04-2014 El juez de la causa, Álvaro Guerrero, dispuso remitir el texto de la consulta a la Corte Constitucional.
16-04-2014 La Corte Constitucional recibe el texto de la consulta.