Condenado por violación con resultado de muerte recibe la pena máxima agravada tras la apelación de Fiscalía

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1049-DC-2024

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Cuenca (Azuay), 19 de septiembre de 2024.- La Sala Penal de Azuay aceptó el recurso de apelación interpuesto por Fiscalía e incrementó la pena privativa de libertad a treinta y cuatro años y ocho meses contra Juan Carlos U., como autor de la violación con resultado de muerte de Glenda C.

En la audiencia de apelación, Fiscalía sostuvo que –durante el juicio– se demostró la existencia de la circunstancia agravante de la infracción, tipificada en el numeral 9 del artículo 48, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), la cual se refiere a que el agresor conocía a la víctima antes de la comisión del delito. Sin embargo, el Tribunal Penal no la tomó en cuenta y dictó veintidós años de privación de libertad.

La alegación de Fiscalía se basó en los testimonios de familiares de Glenda C. y de las peritas que practicaron las valoraciones de entorno social y psicológico, quienes afirmaron que Juan Carlos U. vivió algunos años cerca del domicilio de la víctima y de su familia, situado en una parroquia rural del cantón Gualaceo.

Glenda C., de 24 años, salió de su vivienda a las 07:00 del 29 de mayo de 2022 y se dirigió al sector Mataglio, donde cumplía labores de ganadería. Después del mediodía, la familia empezó a preocuparse, porque no regresaba ni contestaba el teléfono, por lo que fueron a buscarla.

Cerca de las 17:00, el abuelo de la víctima localizó el cadáver en una zanja, entre unos matorrales, a pocos metros de la vía Gualaceo-Limón Indanza. Glenda C. tenía una cuerda atada al cuello y signos de estrangulación y violencia sexual. En el lugar se encontraron varias pertenencias de la víctima, pero no su teléfono celular.

En su testimonio, un agente de la Dinased refirió que, durante la investigación, se determinó que un chip registrado a nombre del hermano de Juan Carlos U. fue ingresado en el teléfono de la víctima. Por esta razón, en la madrugada del 3 de mayo de 2023 se allanaron los domicilios donde ellos residían, ubicados en la parroquia San Juan. Allí fue detenido el ahora sentenciado, quien tenía en su poder el teléfono de la víctima.

Otra prueba fundamental fue el testimonio del perito en genética forense que practicó la prueba de ADN. Él concluyó que, en muestras tomadas del cuerpo y prendas de vestir de Glenda C., se encontró perfil genético y cromosoma ‘Y’ de la línea paterna del sentenciado.

Los jueces también dispusieron que el sentenciado reciba tratamiento psicológico y que, como medida de reparación integral, cancele a la hija de la víctima 209.100 dólares.

Información jurídica

Juan Carlos U. fue sentenciado de acuerdo al artículo 171 del COIP, que sanciona el delito de violación y establece que si se produce la muerte de la víctima se sancionará con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años. En este caso, la pena se incrementó por la aplicación de la circunstancia agravante de la infracción.

 

 

 

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