Condenado por el femicidio de su exesposa
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1143-DC-2021
Ambato (Tungurahua), 21 de diciembre de 2021.- Marco Geovanny L. S. fue sentenciado a veintiséis años de pena privativa de la libertad por su autoría directa en el femicidio de su exesposa, de 46 años.
Así lo decidió un Tribunal de Garantías Penales de Tungurahua luego de que Fiscalía demostrara su responsabilidad en el hecho.
El fallo también incluye el pago de una reparación integral de 20.000 dólares a favor de la víctima.
En la audiencia de juicio, el fiscal especializado en Violencia de Género, Carlos Vayas, demostró la materialidad y la responsabilidad del ya sentenciado con abundantes pruebas testimoniales, documentales y periciales, entre las que se cuentan: testimonios, el informe de explotación de chats del teléfono celular del procesado (en los que decía a los familiares de la víctima que si no iban por ella, la terminaría matando), el resultado de la autopsia médico-legal, misma que determinó una muerte violenta a causa de una hemorragia aguda interna, laceración hepática y traumatismo abdominal con objeto contundente; entre otras.
Contexto
Los hechos ocurrieron el 20 de mayo de 2021. Un amigo de la víctima la llamó varias veces a su teléfono celular, pero, al no obtener respuestas en todo el día, la fue a buscar en su casa en la madrugada, por llamado de Marco Geovanny L. S. (victimario). Cuando llegó, la encontró acostada en su cama con dolores fuertes de pecho y abdomen que le impedían hablar, por lo que la trasladó a emergencias.
El agresor y su familia (también vecinos de la mujer) mencionaron que la ella se habría tomado muchas pastillas, debido a que tenía muchas deudas y problemas económicos.
La víctima fue evaluada por el emergenciólogo de la casa de salud, pero falleció tras dos paros cardíacos.
En un principio se manejó la hipótesis de un presunto suicidio; sin embargo, al practicarle la autopsia médico-legal se descartó esa teoría.
De inmediato, la Dinased levantó los informes y entrevistas investigativas, que determinaron que las primeras versiones no eran concordantes con los hechos y varios mensajes de una red social situaron a Marco Geovanny L. S. como principal responsable del hecho, quien –además– había acusado a la mujer de disponer de sumas de dinero del negocio en el que trabajaban, por lo que fue aprehendido.
Información jurídica
El delito de femicidio está tipificado en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con una pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.
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