Condena contra funcionario público por haber ofrecido un puesto de trabajo a cambio de dinero
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 280-DC-2023
Riobamba (Chimborazo), 23 de marzo de 2023.- Por unanimidad –y con base en las pruebas justificadas por Fiscalía–, Tribunal de Garantías Penales sentenció a Édgar Augusto T. L., a tres años de pena privativa de libertad, en calidad de autor directo del delito de concusión.
Además, al considerar que la conducta de la denunciante habría incurrido presuntamente en un delito al entregar dinero para ingresar a una Institución de Educación Superior sin mediar un concurso de méritos y oposición, el Tribunal de Garantías Penales ordenó abrir una investigación.
La fiscal de Administración Pública, Mariela Quintanilla, demostró ante el Tribunal la responsabilidad del funcionario público con abundante prueba, entre la que se incluye: la pericia documentológica del certificado de depósito, movimientos bancarios de la cuenta del procesado en los que registra el dinero solicitado, testimonios de tres testigos, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, entre otras.
Contexto
Los hechos ocurrieron en 2020. Édgar Augusto T. L. acudió al domicilio de Johana P. S., donde pidió el pago de 1.500 dólares para otorgarle un puesto con nombramiento, como auxiliar de servicios en una institución de educación superior en la ciudad de Riobamba.
Johana P. S depositó lo solicitado en la cuenta bancaria del procesado y después de unos días denunció el hecho.
Información jurídica
El delito de concusión está tipificado en el artículo 281 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y se sanciona con una pena privativa de libertad de tres a cinco años.
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