Caso Turbomotores: 7 años de cárcel por defraudación tributaria

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 124-DC-2019

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Quito, 07 de junio de 2019.- Tribunal de Garantías Penales, con base en las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado, dictó sentencia de siete años de pena privativa de libertad en contra de Yerko B., quien fue hallado culpable del delito de defraudación tributaria. Además, deberá pagar una multa de veinte salarios básicos unificados (SBU).

Los magistrados también decidieron declarar la extinción de la persona jurídica “Turbomotores” y se ratificó el estado de inocencia de otro ciudadano procesado en esta causa.

Entre los medios probatorios presentados por el fiscal del caso, Juan Carlos Zúñiga, se destacaron los testimonios de funcionarios del Servicio de Rentas Internas (SRI) y de representantes de otras empresas con las que Turbomotores, supuestamente, mantenía relaciones comerciales.

Además, los informes de un perito contable y de determinación tributaria, con lo cual se estableció que existe una diferencia considerable entre el valor declarado por la empresa y lo determinado por el SRI, que asciende a 929.999 dólares, razón por la cual se evadió el pago de impuestos por alrededor de 76.000 dólares.

Este caso fue investigado y juzgado con base en lo que establece el artículo 298 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), y es la primera vez, desde la vigencia de este cuerpo legal, que se alcanza una sentencia de siete años en el país.

Este proceso inició con una denuncia presentada por el Servicio de Rentas Internas el 16 de marzo de 2016.

Durante la investigación se determinó que la persona jurídica realizaba supuestas operaciones comerciales con montos que no correspondían a los reales y que en ocasiones eran ficticias, ya que los supuestos emisores han indicado que no vendieron nada a la empresa en mención.

Según el fiscal Zúñiga, este proceso de defraudación habría afectado también a los empleados de la empresa, pues, al declarar un monto menor en sus obligaciones tributarias, también cancelaban un valor menor a sus trabajadores por concepto de utilidades.

DATO

El artículo 298 del Código Orgánico Integral Penal sanciona a la persona que simule, oculte, omita, falsee o engañe en la determinación de la obligación tributaria, para dejar de pagar en todo o en parte los tributos realmente debidos.

 

 

 

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