Caso Sobornos: Tribunal acoge solicitud de Fiscalía y declara improcedentes los recursos de casación
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 786-DC-2020
Quito (Pichincha), 07 de septiembre de 2020.- Luego de analizar los argumentos presentados por las partes procesales durante la audiencia, el Tribunal de la Corte Nacional –con voto de mayoría– acogió el pedido de la fiscal general del Estado, Diana Salazar Méndez, y declaró improcedentes los recursos de casación presentado por dieciséis de los sentenciados en el Caso Soborno 2012-2016, al no haberse justificado con suficiencia técnica, ninguna de las alegaciones.
Además, el Tribunal –de oficio– decidió casar la sentencia en dos casos: por errónea interpretación con relación a Pamela M., señalando que la correcta pena es de nueve meses y quince días, tomando en cuenta su cooperación eficaz; y, por indebida aplicación de la norma respecto a Alberto H., quien es considerado como autor directo. Por lo tanto, la sentencia se reformó en esos dos puntos.
Con esta decisión, se ratifica la sentencia emitida por el Tribunal de apelación en la que se dispuso una pena de ocho años para diecisiete de los procesados (entre ellos el expresidente Rafael C., el exvicepresidente Jorge G. y varios exministros de Estado), y tres meses y seis días para Laura T.
Los magistrados Javier de la Cadena, Milton Ávila y José Layedra, durante dos días, escucharon los argumentos de las defensas de los dieciséis recurrentes, argumentos que fueron refutados de forma técnica y jurídica por la fiscal general del Estado, Diana Salazar Méndez.
De toda la resolución, el juez Ávila se apartó en dos puntos. Señaló que, desde su interpretación jurídica, para los sentenciados Viviana B. y Christian V. debía ratificarse el estado de inocencia, por lo que –en esos particulares– dio su voto salvado, coincidiendo en el resto de apartados con los otros dos magistrados.
En esta última instancia judicial, el Tribunal revisó la correcta aplicación de la norma y señaló que, en las instancias previas, los juzgadores interpretaron la normativa de forma adecuada, respecto al tipo penal y la agravante de haber actuado en pandilla. En ese sentido, añadió que cada uno de los partícipes tuvo un rol para que exista coordinación en la comisión del delito.
La investigación de Fiscalía determinó –y comprobó ante los jueces– que los sentenciados conformaron una estructura criminal que recibió sobornos, a través de cruce de facturas y en efectivo, entre 2012 y 2016, con lo que se habría pagado servicios para el movimiento político del gobierno anterior y que, a cambio, los empresarios sentenciados recibían contratos con el Estado.
En las dos instancias previas (juicio y apelación), los jueces aceptaron esta tesis y resolvieron la causa motivadamente, luego de analizar las pruebas presentadas por la Fiscal General del Estado.
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