Caso Reconstrucción de Manabí: exvicepresidente Jorge G. y 2 personas más son procesados por presunto peculado
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 014-DC-2024
Quito (Pichincha), 05 de enero de 2024.- En la Corte Nacional de Justicia se efectuó la audiencia de formulación de cargos contra Jorge G., exvicepresidente de la República y expresidente del Comité de Reconstrucción y Reactivación Productiva; Carlos B., exsecretario Técnico del Comité de Reconstrucción y Reactivación Productiva; y, Pablo O., exgerente general de la Empresa Pública Ecuador Estratégico; por su presunta participación en el delito de peculado.
La fiscal general del Estado, Diana Salazar Méndez, detalló uno a uno los ochenta y cinco elementos de convicción recabados durante la investigación y solicitó al juez Luis Rivera –de manera legalmente fundamentada– que dicte prisión preventiva para Jorge G. y Carlos B., pedido que fue aceptado, mientras que a Pablo O. le dispuso prohibición de salida del país y presentación periódica.
El Juez también dispuso la retención, inmovilización y congelamiento de las cuentas que los procesados mantengan en el sistema financiero nacional, así como la prohibición de enajenar bienes por un monto de 122’492.990,76 de dólares a cada uno.
En su intervención, la Fiscal General mencionó que, tras el terremoto del 16 de abril de 2016 en Manabí y Esmeraldas, mediante el Decreto Ejecutivo 1004 se creó el Comité de Reconstrucción y Reactivación Productiva, que estuvo presidido por el exvicepresidente de la República, Jorge G., y que para dar seguimiento a las acciones de dicho Comité, se creó la Secretaría Técnica a cargo de Carlos B.
También participó en la priorización de los proyectos Pablo O., como gerente general de la Empresa Pública Ecuador Estratégico.
En este contexto, el 20 de mayo de 2016 se expidió la Ley Orgánica de Solidaridad y Corresponsabilidad Ciudadana para la Reconstrucción y Reactivación de las Zonas Afectadas por el Terremoto, cuyo propósito era recaudar contribuciones solidarias que permitieran la planificación, construcción, reconstrucción de la infraestructura pública y privada, y la reactivación productiva.
Mediante esta Ley, entre 2016 y 2020, se recaudaron 1.614’348.387,20 dólares (monto por las contribuciones solidarias y 2% de IVA). Este dinero –que fue descontado directamente de la remuneración de los servidores públicos y trabajadores privados– fue entregado por todos los ecuatorianos a las arcas públicas, con la finalidad de que sea destinado a la reconstrucción y reactivación económica de las zonas costeras.
La fiscal Diana Salazar indicó que este Comité, presidido por Jorge G., priorizó proyectos conforme a la propuesta presentada por la Secretaría Técnica, pero que no cumplían con las condiciones de necesidad, emergencia e inmediatez.
Es más, en la sesión del Comité llevada a cabo el 22 de mayo de 2017, se ratificó la priorización de 584 proyectos, luego de la exposición presentada por Pablo O., en la que se incluyeron otros sectores que no fueron conocidos en sesiones anteriores y sin que se contara con la aprobación de los otros miembros del Comité en esa fecha.
A decir de Fiscalía, este fue un medio para eludir procedimientos de contratación pública al priorizarse proyectos distintos a los que debían ser catalogados como emergentes y favorecer a terceros en perjuicio del Estado ecuatoriano.
La investigación de Fiscalía determinó que existiría un abuso de dinero público en beneficio de terceras personas, naturales y jurídicas, que fueron contratistas y fiscalizadores de los contratos suscritos.
Al respecto, esta causa se ha centrado en treinta proyectos a cargo de seis entidades ejecutoras, cuyo valor global asciende a 367’478.972,30 dólares, aproximadamente, financiados con fondos de la Ley de Solidaridad.
Además, la Fiscal General del Estado mencionó que millones de dólares recaudados por contribuciones emergentes de todos los ecuatorianos se destinaron a contratos y proyectos para los que no fueron recolectados, evidenciando un abuso de los fondos estatales y que –incluso– hasta la presente fecha es palpable la inexistente reconstrucción de obras tras el terremoto.
Información jurídica
Los tres involucrados son procesados por el delito de peculado, contemplado en el artículo 278, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
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