
Caso Plaga: 4 personas más aceptaron su responsabilidad en el delito de delincuencia organizada
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 074-DC-2025
Quito (Pichincha), 24 de enero de 2025.- El Juez de la Corte Nacional que conoció el caso acogió el pedido del fiscal general del Estado subrogante, Wilson Toainga, y dictó sentencia condenatoria contra J. J. R. R., O. I. J. B., José Alfredo M. B. y M. I. H. S., quienes se sometieron al procedimiento abreviado, aceptando su responsabilidad en los hechos imputados por la Fiscalía General del Estado.
Durante la audiencia, el fiscal Wilson Toainga presentó los elementos de convicción recabados durante la investigación: veintisiete para J. J. R. R., veintiocho para O. I. J. B., veintidós para José Alfredo M. B. y diecisiete para M. I. H. S., con los que se demostró la materialidad del delito y el grado de participación de cada uno.
J. J. R. R., exjuez de Garantías Penales de Chone, deberá cumplir veintiséis meses (dos años y dos meses) de prisión. Además, se le impuso 5.520 dólares de multa y una reparación de 11.040 dólares a favor del Consejo de la Judicatura, debido al abuso de acciones constitucionales. A ello deberán sumarse 52.690 dólares, que recibió por la liberación ilegítima de 21 privados de libertad.
Quinto sentenciado mediante procedimiento abreviado
O. I. J. B., exfuncionario del SNAI, fue condenado a treinta meses de prisión tras aceptar los hechos imputados por la Fiscalía General del Estado. La pena se redujo por su cooperación eficaz. También se le impuso una multa de 5.520 dólares y una reparación de 22.970 dólares, que incluye el monto que recibió a cambio de su participación en la liberación ilegal de privados de libertad.
Sexta sentencia por delincuencia organizada
Sobre la base de los elementos de convicción presentados por Fiscalía y tras la aceptación de responsabilidad por parte de José Alfredo M. B., el Juez a cargo de la audiencia le impuso una pena de cuarenta y cuatro meses de privación de libertad. Además, se dispone el pago de una multa de 5.520 dólares y el cumplimiento de la reparación material e inmaterial que incluye el pago de 11.040 dólares.
Para los tres sentenciados, también se dispuso la publicación de la sentencia en un medio de comunicación de circulación nacional, ofrecer disculpas públicas ante el juez de ejecución, y la colocación de una placa en el lugar donde fue acreditado como profesional del derecho, en el caso de J. J. R. R., en el Centro de Privación de Libertad Azuay No. 1, en el caso de O. I. J. B. y en el Centro de Privación de Libertad Cotopaxi, en relación con José Alfredo M. B.
M. I. H. S. aceptó haber formado parte de una estructura que buscaba obtener beneficios ilícitos para privados de libertad. Debido a su cooperación eficaz (verificada por el Juez de la causa en una fase reservada de la audiencia), se le impuso una pena privativa de libertad de diez meses. Además, el sentenciado deberá cumplir con una reparación integral que incluye, entre otros aspectos, el pago de 11.040 dólares.
Para los cuatro sentenciados, también se dispuso la publicación de la sentencia en un medio de comunicación de circulación nacional, ofrecer disculpas públicas ante el juez de ejecución, entre otras.
Información jurídica
El delito de delincuencia organizada está tipificado y sancionado en el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
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