Caso Mangajo: Juan Andrés V. es sentenciado –nuevamente– por violación
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 924-DC-2021
Cuenca (Azuay), 04 de octubre de 2021.- Juan Andrés V. fue sentenciado a veintinueve años y cuatro meses de privación de libertad por la violación a una adolescente. Esta es la sexta condena contra alias “Mangajo”, quien ya tiene cinco condenas por violación y delitos de pornografía.
El Tribunal de Garantías Penales de Azuay, además, le ordenó pagar 5.000 dólares como reparación integral a la víctima y que ella reciba tratamiento psicológico en la red de salud pública.
La fiscal especializada en Violencia de Género Doris Jiménez demostró durante el juicio que Juan Andrés V. contactó a la víctima, de 14 años, a través de redes sociales, utilizando un perfil falso (de una adolescente) con el propósito de ganarse su confianza.
Durante las conversaciones, la supuesta adolescente (Juan Andrés V.) le mencionó a la víctima que tenía un enamorado llamado “Juandi” y le invitó a salir con ellos. La víctima aceptó y en la primera “cita”, del 23 de mayo de 2018, alias “Mangajo” llegó solo a encontrarse con la víctima.
Luego la trasladó en su vehículo hasta el domicilio de él, en el sector Puertas del Sol, en Cuenca. Allí le dio de beber a la adolescente un coctel que contenía alcohol. Además, le ofreció algodón de azúcar, gomitas y pétalos de rosa. Enseguida, la víctima perdió el control de su voluntad, lo que fue aprovechado por Juan Andrés V. para violentarla sexualmente.
El sentenciado cometió el delito en otras tres ocasiones, entre el 24 y el 29 de mayo del mismo año, en las cuales también le brindó bebidas alcohólicas a la adolescente.
En la audiencia de juicio, finalizada la tarde del 4 de octubre, Fiscalía presentó como pruebas: el testimonio anticipado de la víctima y los testimonios de los peritos que practicaron las valoraciones médico-legal, psicológica y de trabajo social.
Con el testimonio de un exfuncionario de la Agencia de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (Arcsa), que practicó un examen toxicológico, se demostró que las pastillas y una bebida –incautadas en el domicilio del sentenciado– contenían escopolamina y metadona.
También rindió su testimonio un agente de Criminalística, encargado de la pericia de audio y video, la cual evidenció que el teléfono del sentenciado contenía fotografías de la víctima, cuando ella se encontraba en la casa de él.
Asimismo, fue presentado el testimonio de un perito de la Policía, que efectuó la fijación, preservación y explotación de información contenida en tres perfiles de redes sociales, las cuales fueron utilizadas por el sentenciado para contactar a la víctima.
Información jurídica
El delito de violación está tipificado y sancionado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con privación de libertad de diecinueve a veintidós años. En este caso se consideraron circunstancias agravantes, por lo que la pena aumentó en un tercio.
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