Caso Global del Ecuador: Fiscalía vincula a 5 personas más al proceso penal
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 851-DC-2021
Quito (Pichincha), 13 de septiembre de 2021.- Mayra Soria, fiscal que investiga el presunto homicidio culposo –por infringir el deber objetivo de cuidado–, en el caso de la muerte de la niña Sofía Valentina C. M., vinculó a cinco personas a esta instrucción fiscal, por lo que esta etapa procesal se ampliará por treinta días más.
La audiencia de vinculación se instaló –de manera virtual– la tarde de este lunes 13 de septiembre de 2021 ante el juez de Garantías Penales, Máximo Ortega. El Magistrado, por pedido de Fiscalía, ordenó medidas de prohibición de salida del país, de enajenar bienes (por 20.000 dólares) y presentaciones quincenales en Fiscalía para los involucrados.
Los procesados son: Carlos Patricio D. P., rector y propietario de colegio Global del Ecuador, al tiempo de los hechos, y las docentes Gloria Lucía Ch. F., Katherine Isabel J. M., Karen Gabriela C. P. y Bielca Stefanía P. M., que desde hoy quedan incluidos en el proceso penal abierto contra la docente Daiana Paulina M. R., el 10 de junio de 2021.
Fiscalía también solicitó medidas de protección para la familia de la víctima, es decir: las personas procesadas están prohibidas de acercarse y realizar actos de intimidación y persecución, por sí mismos o a través de terceros.
Elementos de convicción
Fiscalía expuso la presunta participación de los docentes y del dueño de la institución educativa, al precisar más de diez elementos de convicción, entre los cuales consta un informe técnico de seguridad escolar, en el que precisa responsabilidades en la omisión de la protección a la niña.
El 23 de junio de 2016, a las 15:15, el grupo de docentes vio a Valentina en el área de juegos de la escuela, le preguntaron las razones por la que continuaba en la escuela y la niña les dijo que su madre iría a verla.
Entonces, se retiraron de la institución, sin informar a las autoridades del colegio, sin comunicar ni alertar en el grupo de WhatsApp de padres de familia respecto de la presencia de la niña en la institución, tampoco llamaron a sus padres para saber si ya llegaba a recoger a su hija, a pesar de que tenían los números telefónicos.
Al siguiente día, uno de los alumnos encontró a la niña al pié de las barras. Alertó a sus profesores que Valentina no despertaba ni se movía. Los informes de dos autopsias hechas al cadáver de la niña concluyen que la razón de su muerte fue asfixia por ahorcamiento. Es decir, muerte violenta.
Información jurídica
Este caso se procesa por homicidio culposo, por infringir el deber objetivo de cuidado, con base en el artículo 145, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), subsumido en el artículo 27 del mismo cuerpo legal.
El deber objetivo del cuidado es la atención especial que los profesionales deben tener para no incrementar el riesgo con acciones innecesarias, ilegitimas y peligrosas. Por ello, deben cumplir protocolos y reglamentos y disposiciones, en este caso, de seguridad escolar.
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