Caso Diacelec: Fiscalía solicita pena de 10 a 13 años por delito de lavado de activos

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 026-DC-2020

Caso Diacelec: Fiscalía solicita pena de 10 a 13 años por delito de lavado de activos

Quito (Pichincha), 10 de enero de 2020.- En el décimo tercer día de audiencia de juzgamiento, la Fiscalía General del Estado acusó al empresario Édgar A. como autor directo del delito de lavado de activos y pidió al Tribunal de Garantías Penales que sea sentenciado a una pena privativa de libertad de diez a trece años.

Lo mismo solicitó para los otros procesados en esta causa penal: Elvira I., Juan B., José Luis A. y Gladis A., acusados como coautores y para Miriam C., en calidad de cómplice del delito.

En el alegato de clausura, la fiscal Ivonne Proaño, de la Unidad Antilavado de Activos, indicó que durante la audiencia de juzgamiento, a través de las pruebas expuestas, demostró la materialidad del delito y la participación del empresario Édgar A., su esposa Elvira I., su hijo José Luis A.; sus colaboradores Juan B., Gladis A., Miriam C. y las personas jurídicas Diacelec S.A. y Conacero S.A., quienes ocasionaron un perjuicio al Estado por alrededor de 14’602.238,49 de dólares.

Según la Fiscal, en este caso existen delitos previos como la asociación ilícita, pues Édgar A. cumple una pena de seis años por el mismo caso en el que fue sentenciado el exvicepresidente de la República, Jorge G. Además, en Panamá se investiga al grupo de empresas del procesado Édgar A., por delitos contra el orden económico.

La Dra. Proaño explicó que el delito se suscitó entre los años 2010 y 2017, lapso en el que Édgar A., único accionista y beneficiario final de la compañía Columbia Management INC, domiciliada en Panamá, habría recibido transferencias de cuentas de empresas estructuradas por la constructora Odebrecht para el pago de sobornos o coimas.

Luego, Columbia Management INC transfirió y giró cheques desde sus cuentas bancarias de Panamá, cuyas firmas autorizadas eran Édgar A., Elvira I. y José Luis A., a favor de Édgar A., Juan B., Elvira I., Diacelec S.A. y Conacero S.A.

Agregó que se comprobó que existían dos cuentas bancarias que Diacelec S.A. no registró en la contabilidad, a través de las cuales se pagó el servicio de camiones blindados para transportar dinero en efectivo que fue entregado en las oficinas de Odebrecht en Quito y Guayaquil.

Asimismo, bajo esta modalidad, Elvira I., Gladys A. y Juan B. recibieron dinero proveniente de las cuentas de Diacelec S.A.

La Fiscal señaló que en la audiencia se comprobó que los procesados actuaron de manera intencional y dolosa, pues conociendo que los activos eran de procedencia ilícita gestionaron la consumación del delito.

En relación a Diacelec S.A., se mencionó que esta empresa no registró dos cuentas en la contabilidad y recibió de Columbia Management más de 10 millones de dólares.

De la misma forma, Conacero S.A. recibió transferencias de Columbia Management por un valor de 815.000 dólares. Por tanto, la Fiscalía solicitó la disolución de estas empresas al haber sido utilizadas para la comisión del delito.

El Tribunal -conformado por los jueces Pablo Coello, María Mercedes Suárez y Wilson Caiza- suspendió la audiencia pasadas las 18:00 y anunció que la misma se reinstalará el próximo 6 de febrero, a las 08:30, para concluir con los alegatos de clausura.

Dato jurídico

Este caso se judicializa por el delito de lavado de activos, según el artículo 317, numerales 1,2,3,4 y 5, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

 

 

 

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