Caso Carolina A.: sentencia ratificada para Christian G., autor del delito de violación con resultado de muerte

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 738-DC-2020

Caso Carolina A.: sentencia ratificada para Christian G., autor del delito de violación con resultado de muerte

Quito (Pichincha), 19 de agosto de 2020.- Con base en los argumentos esgrimidos por Fiscalía, el veredicto de la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha fue unánime: confirmar en todas sus partes la sentencia condenatoria contra Christian Javier G. S., alias “Careniña”, procesado como autor del delito de violación con resultado de muerte de la adolescente Carolina A.

El fallo, ratificado en esta segunda instancia, consiste en una pena agravada de treinta y cuatro años y ocho meses de privación de libertad, el pago de una reparación integral de 50.000 dólares para la familia de la víctima y terapias psicológicas para sus deudos.

La audiencia de apelación a la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal de Garantías Penales en febrero de 2020, se instaló de forma virtual la mañana de este miércoles 19 de agosto de 2020.

Los jueces de segunda instancia no creyeron en los argumentos de la defensa del procesado (solicitante del recurso de apelación), que aseguró: “hubo una incorrecta valoración de la prueba por parte del Tribunal Penal de primera instancia” y detalló la prueba que consideró mal calificada.

Es decir, la credibilidad de la Sala Penal se posó en la tesis del delito que blandió Fiscalía. En su intervención, la fiscal especializada en investigar Violencia de Género, Alejandra Sigcha Orrico, refutó las posiciones expuestas por la defensa del procesado, basándose en las pruebas que ya fueron analizadas en la audiencia de juzgamiento: treinta y ocho testimonios y tres pruebas documentales.

Los dos informes médico-legales y el metaperitaje (auditoría de pericias), que determinaron la causa de la muerte violenta de la víctima, fueron las principales pruebas analizadas y debatidas, en un intento fallido de la defensa pública de Christian G. por generar duda razonable en la Sala Penal.

De esta forma, Fiscalía demostró –por segunda vez– que la muerte violenta de Carolina A. fue por asfixia por sofocación, mientras era violada, y no por intoxicación alcohólica, como pretendió posicionar la defensa del sentenciado.

Otra argumentación de la defensa fue que Christian G. intentó ayudar a la víctima, al ver que no reaccionaba. Entonces llamó a sus amigas, una de ellas supuestamente sabía de primeros auxilios. Además, se habría comunicado con el Ecu 9-1-1.

Sin embargo –apuntó Fiscalía– los testigos (entre ellos las amigas) informaron en el juicio que entre cuatro personas sacaron el cadáver de Carolina del domicilio de Christian G. y lo botaron en un terreno baldío, en el sector del Comité del Pueblo, en el norte de Quito, el 26 de agosto de 2018; y que, antes de deshacerse de la víctima, lavaron el cuerpo (que estaba cubierto de sangre y heces fecales).

Para ello, Christian G. utilizó una funda plástica empapada de cloro y desinfectante para limpiar las cavidades de Carolina y le cambiaron de ropa. La llamada a la Policía habría sucedido después.

Con base en estos argumentos tanto de Fiscalía como de la defensa del apelante, la Sala Penal resolvió que “existe el convencimiento de la participación y la responsabilidad del procesado”, por lo que está de acuerdo con la resolución del Tribunal (de primera instancia), “ya que valoró de forma acertada las pruebas”.

Dato jurídico

El artículo 171, último inciso, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), condena con una pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años a la persona que cometa violación con resultado de muerte. En este caso se aplicó a la pena máxima, las circunstancias agravantes 6 y 9 del artículo 48, por lo que se incrementó a treinta y cuatro años ocho meses.

 

 

 

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