Caso Blanqueo JR: Fiscalía vincula a dos personas más por presunto lavado de activos

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 911-DC-2024

Imagen de boletín: Caso Blanqueo JR: Fiscalía vincula a dos personas más por presunto lavado de activos

Quito (Pichincha), 08 de agosto de 2024.- Leidi Tatiana R. H. (exesposa de alias Jr.) y su empresa VICMARENT S.A.S. –como persona jurídica–, fueron vinculadas a las instrucción fiscal en la que se investiga un presunto lavado de activos. Con base en los elementos de convicción presentados por el Fiscal de la Unidad Antilavado de Activos, un Juez especializado para el Juzgamiento de Delitos relacionados con Corrupción y Crimen Organizado dictó prisión preventiva para la mujer.

En tanto, para la persona jurídica, dispuso la suspensión de actividades de la empresa y la intervención de la misma por parte de la Superintendencia de Compañías y también ordenó el secuestro, incautación y prohibición de enajenar los bienes que habrían sido adquiridos ilegalmente.

Fiscalía inició la investigación previa en junio de 2023, tras haber recibido un Reporte de Operaciones Inusuales e Injustificadas (ROII), por parte de la Unidad de Análisis Financiero (UAFE), en el que se detallan presuntas irregularidades financieras cometidas por el círculo familiar de Junior Roldán, alias “JR” (fallecido el 6 de mayo de 2023), quien estuvo vinculado a actividades del crimen organizado transnacional al ser excabecilla de “Los Choneros”, fundador de la banda “Las Águilas” y brazo armado de “Los Choneros”.

Según la investigación, Leidi Tatiana R. H habría realizado movimientos económicos injustificados registrados entre 2020 y 2023, lavando dinero por medio de la creación de una empresa dedicada a la construcción VICMARENT S.A.S.

Los informes del Servicio de Rentas Internas (SRI) y la UAFE, presentados por Fiscalía en la audiencia de vinculación, dan cuenta de que la hoy procesada habría creado una actividad económica en el SRI, declarando valores que no concordaban con el dinero ingresado en el Sistema Financiero Nacional, siendo un 50 % ingresos mediante transferencias bancarias injustificadas, que iban desde los 500.000 al millón de dólares.

La instrucción fiscal se extiende por treinta días más.

Información jurídica

Fiscalía procesa este caso por lavado de activos, tipificado en el artículo 317, inciso primero, numerales 1, 2, 3, 4 y 5; inciso segundo; inciso tercero, numeral 3, literales a y b; e inciso cuarto del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Además, este delito habría sido ejecutado bajo la estructura de un grupo delictivo, conforme lo señala el artículo 2, literales a, b, c, d y e, de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, en concordancia con el artículo 369 del COIP.

 

 

 

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