Caso Albajuez: Sentencia condenatoria por asociación ilícita
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1252-DC-2024
Quevedo (Los Ríos), 15 de noviembre de 2024.- Douglas Ángel C. A., secretario de la Unidad Judicial Penal Multicompetente del cantón Valencia, y Luis Alfredo S. C., abogado en libre ejercicio, fueron sentenciados a un año de prisión tras aceptar su responsabilidad en el delito de asociación ilícita, en calidad de autores.
En su resolución, la Presidenta de la Corte Provincial de Justicia también ordenó el pago de 500 dólares por cada uno de los procesados al Consejo de la Judicatura, como víctima de este caso, para realización de capacitaciones en ética, buenas costumbres, anticorrupción y transparencia.
La investigación de esta causa comenzó a raíz de las irregularidades en la emisión de medidas cautelares en dos acciones de garantías constitucionales, en las que se ordenaba la excarcelación de tres procesados por delitos relacionados con corrupción y crimen organizado, supuestamente vinculados a la mafia albanesa, el 16 de agosto de 2024.
Durante la audiencia de procedimiento abreviado, ambos procesados aceptaron su responsabilidad en por hechos imputados.
La Fiscal de este caso presentó documentación relacionada con el otorgamiento de las medidas cautelares en las acciones jurisdiccionales investigadas, informes de la Unidad de Investigación Antidrogas en coordinación con Europa, informes de inspección ocular técnica, reconocimiento del lugar y objetos, informe técnico de trazabilidad de los procesos investigados, informe pericial de informática forense, testimonios de los procesados, entre otros.
Además, Fiscalía presentó el informe de marcaciones efectuadas en el reloj biométrico del juez Lenin G. y el secretario Douglas Ángel C. A., las hojas de control flash del 16 de agosto de 2024 (un día antes de la ejecución de las detenciones), grabaciones de las cámaras de seguridad de la Unidad Judicial del cantón Valencia, informes de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) sobre los procesados y una certificación del Consejo de la Judicatura, que confirmaba que el 15 de agosto de 2024 no existía un plan de contingencia, lo que implicaba que solo se podían emitir resoluciones y boletas por medio del sistema y no de forma escrita como se pretendió .
Por último, se presentaron las resoluciones de las acciones de protección del juez Lenin G. (vinculado recientemente), en las que se cambiaron las medidas de prisión preventiva por presentaciones periódicas, otorgando la libertad a tres procesados (dos por presunto lavado de activos y uno por delincuencia organizada en el caso Pampa).
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