Álex B., exgerente de Petroecuador, rindió su testimonio en audiencia de juicio por cohecho
La diligencia se desarrolla en el segundo piso del Complejo Judicial Norte, en Quito.
Quito, 10 de febrero de 2017.- Durante su testimonio, el exgerente de Petroecuador, Alex B., aseveró que Carlos P. Y. era el que daba las instrucciones para realizar las transferencias de dinero a las cuentas de su hijo Carlos P. A. y de su hermana, Yolanda P.
Además, Alex B. reconoció ante los jueces que él falsificó las firmas de sus familiares para aperturar las cuentas bancarias en Panamá.
Estas declaraciones fueron expuestas durante el tercer día de la audiencia de juzgamiento, por el presunto delito de cohecho que la Fiscalía impulsa en contra de 18 personas.
Entre los acusados se encuentran Alex B., Carlos P. Y., Arturo E. y Paquita M., exfuncionarios de la estatal petrolera. También Javier B., Jaime B. y Juan B., contratistas de Petroecuador.
Al inicio de la audiencia de juzgamiento, el fiscal Juan Carlos Zúñiga, expuso que entre 2012 y 2016 en Petroecuador se generaron 17 contratos principales y 18 complementarios, que ascienden a más de 258 millones de dólares, dentro del programa de rehabilitación de la refinería de Esmeraldas.
Explicó que 12 contratos fueron realizados con la empresa Oil Services & Solutions de Juan B., Javier B. y Jaime B., por un monto de 56.214.357 dólares.
Otros tres contratos por un valor aproximado de 38 millones de dólares fueron realizados con la empresa Galileo Energy S.A., de Ramiro M. y Glenda M., también acusados por cohecho.
Según las investigaciones de la Fiscalía, varios de los acusados se valieron de sus cargos como funcionarios públicos para recibir pagos ilícitos de los contratistas, y así beneficiarse de contratos millonarios.
De los 18 acusados en este caso, Alex B., Javier B. y Sonia C. están con prisión preventiva, otros cuatro tienen medidas sustitutivas como la prohibición de salir del país y presentación periódica ante la autoridad. Los demás se encuentran prófugos.
Los jueces del Tribunal de Garantías Penales de Pichincha suspendieron la diligencia al mediodía del viernes 10 de febrero y anunciaron su reinstalación para el lunes 13 de febrero, a las 08:30.
Dato:
El cohecho es tipificado y sancionado en el artículo 280 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) con una pena privativa de libertad de 5 a 7 años. Este delito no prescribe y puede ser juzgado en ausencia del procesado.