Agentes metropolitanos de tránsito son procesados por presunta concusión
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 1168-DC-2024
Pichincha (Quito), 18 de octubre de 2024.- En la madrugada del 17 de octubre, la Fiscalía General del Estado ejecutó órdenes de detención contra tres agentes metropolitanos de tránsito por su presunta participación en el delito de concusión.
Durante las dos audiencias (debido a que corresponden a dos investigaciones separadas), el Juez Anticorrupción dispuso medidas alternativas a la prisión para los procesados: Cristian Fernando C., Segundo Patricio J. N. y Geovanny Medardo M. S.
Estas medidas incluyen la prohibición de salida del país y presentaciones periódicas ante la Fiscal del caso. Además, se dispuso un plazo de noventa días para la instrucción fiscal.
Durante la primera audiencia, la Fiscal de la Unidad de Administración Pública relató los hechos ocurridos el 28 de septiembre de 2022 en las calles Ambato e Imbabura, en Quito. En este caso, el agente Cristian Fernando C. habría exigido 150 dólares a la víctima, amenazándola con la posibilidad de arresto, debido al supuesto mal estado de las llantas de su vehículo. La víctima realizó la transferencia a la cuenta del hermano del hoy procesado.
En la segunda audiencia, la víctima fue un joven de 19 años que conducía con restricción de pico y placa. Los agentes Segundo Patricio J. N. y Geovanny Medardo M. S. le habrían solicitado 65 dólares (monto equivalente al valor de la multa), a cambio de no registrar la infracción en el sistema de tránsito. Le insinuaron que había una forma “más rápida” de resolver el trámite, por lo que el joven, sin experiencia, hizo la transferencia a través de su padre.
Según la investigación, los hoy procesados registran al menos tres transferencias vinculadas a estas actividades ilícitas. Ambos casos llegaron a Fiscalía a través de denuncias presentadas en la Comisión Metropolitana de Lucha contra la Corrupción “Quito Honesto”.
La Fiscal del caso sustentó el inicio de estos dos procesos penales con elementos de convicción recabados en la etapa de investigación previa, en los que se incluyen indicios obtenidos en los allanamientos, como: dinero en efectivo, versiones de las víctimas, el informe de reconocimiento del lugar de esos hechos y evidencias, certificaciones laborales sobre sanciones administrativas de los procesados, informes contables de triangulación de las transferencias, entre otros.
Información jurídica
El delito de concusión está tipificado en el artículo 281, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Información de contacto:
Dirección de Comunicación Social
comunicacionsocial@fiscalia.gob.ec
Teléfono: 3985800 Ext. 173123