Agente de tránsito sentenciado a 2 años de prisión por concusión

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 046-DC-2020

Agente de tránsito sentenciado a 2 años de prisión por concusión

Cuenca, 16 de enero de 2020.- Tras valorar las pruebas presentadas por la Fiscalía, el Tribunal de Garantías Penales sentenció al agente de tránsito, Danny Joel Z., a dos años de privación de libertad y al pago de 200 dólares como reparación integral a las víctimas.

El hecho investigado por la fiscal Heidi Cando ocurrió la mañana del 19 de octubre de 2018, en el sector Chaquilcay, de la vía Cuenca-Gualaceo. El sentenciado participaba en un control de tránsito y luego de revisar el camión en el que viajaban dos ciudadanos les dijo que las llantas estaban en mal estado y que iba a emitir una boleta de citación por contravención. Además, exageró al informarles la sanción que debía recibir el conductor.

En ese mismo momento el agente les mencionó que podía ayudarles si le entregaban 80 dólares, por lo que les dejó que se vayan hasta un cajero para retirar el dinero. Los dos ciudadanos regresaron con 30 dólares, sin embargo al sentenciado les dijo que no es suficiente.

Ante esto, las víctimas decidieron ir a la Fiscalía Cantonal de Gualaceo y denunciar el hecho. Regresaron a Chaquilcay y entregaron los 80 dólares al sentenciado, lo cual fue presenciado por agentes de la Policía, quienes lo detuvieron en delito flagrante.

Entre las pruebas, la Fiscalía presentó: los testimonios de las víctimas y las copias de los billetes entregados.

Además, una pericia de audio y video realizada a las imágenes grabadas por el celular de una de las víctimas. También se incluyó una pericia de cotejamiento de voz, que demostró que la misma pertenece al sentenciado.

Dato Jurídico

Art. 281, COIP, Concusión.- Las o los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, determinadas en la Constitución de la República, sus agentes o dependientes oficiales que abusando de su cargo o funciones, por sí o por medio de terceros, ordenen o exijan la entrega de derechos, cuotas, contribuciones, rentas, intereses, sueldos o gratificaciones no debidas, serán sancionados con pena privativa de libertad de tres a cinco años. En este caso se aplicaron atenuantes.

 

 

 

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