Un año de prisión para acusado como coautor por delito de concusión


Cecilia Armas, fiscal General Subrogante,  previo a audiencia de procedimiento abreviado en la Corte Nacional de Justicia.

Quito, 12 de octubre del 2016.-  La fiscal General Subrogante, Cecilia Armas, sustentó ante el juez de la Corte Nacional de Justicia, la participación de Édison Ch., como coautor del delito de concusión, quien decidió someterse a procedimiento abreviado. 

Con base en las pruebas presentadas por la Fiscalía, el juez de la CNJ, Jorge Blum, dispuso un año de privación de libertad para Édison Ch., además del pago de una multa de 10 salarios básicos unificados.

Edison Ch. (abogado en libre ejercicio), junto con Arturo B., juez provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas y también procesado dentro de este caso, fueron detenidos en situación de flagrancia, el miércoles 27 de julio de 2016, luego de que el juez habría recibido 2.000 dólares para resolver una causa judicial a favor de Carlos C.

Entre los elementos de convicción que presentó la Fiscalía y que sirvieron para demostrar el grado de participación de Édison Ch., constan 100 billetes de 20 dólares, que fueron encontrados en una carpeta negra que pertenecía a Arturo B., el informe del registro de llamadas del ahora sentenciado y la versión rendida por parte de Carlos C.

El otro procesado, Arturo B., mantiene una orden de prisión preventiva dictada el 28 de julio por el juez Jorge Blum.

Dato:

El procedimiento abreviado es un recurso legal para acelerar los procesos penales. Para acogerse a este método de juzgamiento, la persona acusada debe aceptar voluntariamente el cometimiento o participación del delito que se le atribuye. Con esto el procesado recibe hasta un tercio de la pena mínima que estipula la ley. 

El delito de concusión es sancionado en el artículo 281 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), con pena privativa de libertad de 3 a 5 años.