Tribunal declara culpable a hombre acusado de femicidio

César Peña, fiscal del caso, relató que el crimen ocurrió en el interior de un taxi, donde  estaba la víctima

Guayaquil, 31 de marzo de 2015.- La Fiscalía Provincial del Guayas demostró que José Gualberto M. P., es culpable del femicidio de su esposa María del Rosario Ch.

Por este delito, el Tribunal Duodécimo de Garantías Penales del Guayas le impuso una pena privativa de libertad de 26 años, al declararlo autor de la muerte de su esposa.

El caso, registrado el 21 de octubre de 2014,  es el primero en ser judicializado con la aplicación del Código Orgánico Integral Penal (COIP), una vez que entró en vigencia el 10 de agosto de 2014, y el quinto en recibir sentencia condenatoria a escala nacional. La primera sentencia se dictó en Chimborazo el 21 de noviembre de 2014 y las otras en las provincias de Cañar, Manabí y Tungurahua.

El fiscal que investigó el caso, César Peña, relató que el crimen ocurrió en el interior de un taxi, donde  estaba la víctima, identificada como María del Rosario Ch. C., de 34 años de edad, junto con sus dos hijos, en la Cooperativa Camino del Sol, en la isla Trinitaria, sur de Guayaquil.

El sentenciado en una actitud agresiva empezó a discutir con su pareja, quien se negaba a regresar con él tras una separación dos meses. Al no tener respuesta a su pedido, el sindicado le propinó varias heridas con un cuchillo a la altura del tórax.

La Fiscalía citó para la audiencia de juzgamiento, que se realizó el 26 de marzo y se reinstaló el 31 de marzo de 2015, a un total de 15 testigos entre policías, peritos de Criminalística y de Medicina Legal, y civiles.

De igual manera, el representante de la Fiscalía presentó como elementos probatorios diversos peritajes como el protocolo de autopsia, reconocimiento y reconstrucción de los hechos, además del parte de detención e informes técnicos sobre hechos de violencia intrafamiliar que sirvieron para demostrar los antecedentes del crimen.

El COIP, en su artículo 141 establece la privación de libertad de 22 a 26 años a la persona que, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia, dé muerte a una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género.