Tres procesados deberán pagar pólizas de entre 220.000 y 897.000 en caso por tráfico de influencias


Galo Chiriboga Zambrano, fiscal General del Estado, intervino en la audiencia que se realizó en la Corte Nacional de Justicia.

Quito, 2 de septiembre del 2015.-  La jueza Nacional, Gladys Terán, aceptó suspender la prisión preventiva por caución (fianza) solicitada por César P., procesado por tráfico de influencias, quien deberá pagar 897.000 dólares solo en cheque o en efectivo.

La jueza Terán también admitió la suspensión de la prisión preventiva por caución requerida por Freddy M. (juez de la Corte Provincial de Pichincha), procesado por el mismo delito.

La jueza dispuso que Freddy M. presente una póliza por fianza por 660.000 dólares, la cual debe ser irrevocable, incondicional y de cobro inmediato.

En relación al procesado Óscar L.(juez de primera instancia), quien pidió la sustitución de la caución pecuniaria por póliza de seguros, Terán resolvió que este ciudadano presente el contrato con la empresa de seguros debidamente acreditada por la Superintendencia de Bancos. El valor de la póliza es de 220.000 dólares y debe ser incondicional, irrevocable y a nombre del Consejo de la Judicatura.

En la audiencia realizada la tarde y noche de este 1 de septiembre en la Corte Nacional de Justicia (CNJ), participó Galo Chiriboga Zambrano, fiscal General del Estado, quien se opuso a las sustituciones solicitadas por los 3 procesados, debido a que no han variado las circunstancias que motivaron a la jueza a dictar prisión preventiva, tras la audiencia de formulación de cargos realizada el pasado 18 de junio.

Estos tres ciudadanos son investigados por un presunto ofrecimiento de conseguir sentencia favorable dentro de un juicio relacionado con el inmueble Inmoplaza, ubicado al norte de Quito.

La investigación previa de este caso comenzó luego de una denuncia presentada el 10 de junio por quien, presuntamente, habría sido contactado por Freddy M. y César P. Ellos le habrían ofrecido que, mediante un fallo, se disponga el pago de 1’777.000 dólares por el inmueble. A cambio le habrían pedido que se les entregue el 20% de ese monto total.

Dato:

El tráfico de influencias está tipificado en el inciso primero del artículo 285 del COIP.