SISTEMA DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL EN MATERIA PENAL EN ECUADOR

Ecuador es país suscriptor de varios instrumentos internacionales relacionados a mecanismos de cooperación internacional en materia penal, específicamente en el ámbito de la asistencia judicial recíproca.

AUTORIDAD CENTRAL

La Fiscalía General del Estado –FGE– fue designada por el Estado ecuatoriano como Autoridad Central en materia penal para la ejecución de la asistencia judicial internacional mutua.

Su accionar principalmente se fundamenta en los instrumentos internacionales de carácter multilateral, los cuales han sido la base para la suscripción de convenios bilaterales e interinstitucionales, con el propósito de viabilizar de manera más efectiva el intercambio de información y atención de las solicitudes de Asistencia Penal Internacional.

Entre los principales instrumentos multilaterales están:

1CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE ASISTENCIA MUTUA EN MATERIA PENAL, NASSAU 1992, publicada en el Registro Oficial No.- 147, de 14 de agosto de 2003;

2CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA TRANSNACIONAL, PALERMO 2000, publicada en el Registro Oficial No.- 197, de 24 de octubre de 2003;

3CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA EL TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y SUSTANCIAS PSICOTRÓPICAS, VIENA 1988, publicada en el Registro Oficial No.- 396, de 15 de marzo de 1990;

4CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA LA CORRUPCIÓN, publicada en el Registro Oficial No.- 83, de 10 de junio de 1997;

5CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN, MERIDA 2003, publicada en el Registro Oficial No.- 166, de 15 de diciembre de 2005. La ejecución de este instrumento internacional de cooperación está asignada a la Corte Nacional de Justicia.