Sentenciado por tentativa de homicidio contra policías
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 352-DC-2024
Sentenciado por tentativa de homicidio contra policías
Manta (Manabí), 19 de marzo de 2024.- Las pruebas presentadas por la Fiscalía General del Estado fueron el sustento para que un Tribunal de Garantías Penales dicte sentencia de siete años con cuatro meses de prisión, para Walter P., quien fue declarado culpable del delito de tentativa de homicidio contra dos policías.
En la audiencia de juicio, el agente fiscal del caso explicó que los hechos ocurrieron en la ciudad de Manta, cuando dos policías acudieron a una emergencia reportada al ECU-911 en el sector de Tarqui Antiguo. En el lugar, varias personas reportaron que dos delincuentes armados había robado a una persona y huido del lugar.
Gracias a las características físicas proporcionadas por los testigos se inició una búsqueda, siendo ubicados a pocas cuadras del lugar y al solicitarles que se detengan los dos hombres empezaron a disparar en contra de los policías, lo cual fue respondido, haciendo uso legítimo y progresivo de la fuerza.
Uno de los atacantes, herido, huyó del lugar y falleció producto de las heridas ocasionadas en el cruce de balas y el segundo (Walter P.,) fue aprehendido en ese sitio, portando un arma de fuego. Inmediatamente fue puesto a órdenes de Fiscalía para su procesamiento penal.
En la audiencia de juicio, Fiscalía presentó, siete pruebas periciales, tres testimoniales y, una documental, entre las que se incluye el testimonio del agente que realizó el parte policial en el que se informa sobre el hecho, el reconocimiento del lugar de los hechos, el levantamiento de evidencias (entre las que se incluye el arma que fue usada en el ataque), entre otros.
Esos elementos probatorios fueron analizados en su conjunto para establecer la responsabilidad del procesado en el delito y el Tribunal dictó sentencia condenatoria en su contra.
Información jurídica
El artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) sanciona el delito de homicidio con pena privativa de libertad de diez a trece años, no obstante, debido a que el delito no fue consumado se aplicó el artículo 39 (tentativa). Tomando en cuenta las agravantes del artículo 47, numerales 5, 22 y 23 del mis cuerpo legal, se estableció una pena de siete años con cuatro meses.
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