Sentenciado por la violación a una niña de 12 años
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 775-DC-2021
Manta (Manabí), 17 de agosto de 2021.- Las pruebas presentadas por Fiscalía durante la audiencia de juicio permitieron al Tribunal de Garantías Penales dictar sentencia de veintinueve años y tres meses de privación de libertad contra Livintong Y., como autor directo de la violación perpetrada contra una niña de 12 años con discapacidad intelectual de 45%.
El hecho se produjo en el sector de Urbirios 2 en el barrio 30 de agosto, en Manta. En la vivienda de la familia, la madre de la niña agredida encontró a su hija y al agresor cuando este cometía el delito, por lo que presentó la denuncia de inmediato a las autoridades y el ya sentenciado fue aprehendido en delito flagrante.
En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, se dispuso prisión preventiva y del inicio de la instrucción por treinta días contra el procesado, que es cuñado de la tía de la víctima.
Entre los principales elementos probatorios presentados durante la audiencia de juicio por parte de la fiscal Johanna Cobeña Arce, de la Unidad de Violencia de Género 1 de Manta, constan las pericias psicológicas, de entorno social y de reconocimiento médico-legal, en los que se confirma la agresión y la afectación causada.
También se presentó el testimonio de la madre de la víctima, quien descubrió el hecho; el testimonio del padre de la niña y el informe de investigaciones. Además, el día de la audiencia se conoció que la menor, producto de la violación, resultó embarazada de su agresor, lo que se presentó como prueba nueva por parte de Fiscalía, con el testimonio del médico ecografista.
Con la valoración de estos elementos, el Tribunal declaró la materialidad de la infracción y la responsabilidad del procesado. Además, dispuso medidas de protección en beneficio de la víctima y la reparación integral, cuyo monto será detallado en la sentencia escrita.
Información jurídica
El delito de violación está tipificado en el artículo 171 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años. En este caso se aplicaron las agravantes establecidas en el artículo 48, numeral 6, del mismo cuerpo legal.
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