Sentenciado por el asesinato de su hijastra de 3 años
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 162-DC-2021
Ambato (Tungurahua), 19 de febrero de 2021.- Con base en los elementos probatorios presentados por Fiscalía, Tribunal de Garantías Penales de Tungurahua declaró culpable a Jaime Israel T. M. y lo sentenció a veintidós años de pena privativa de la libertad como autor directo del asesinato de su hijastra de 3 años.
La sentencia también incluye el pago de una multa y de una reparación integral, cuyos montos serán notificados en la sentencia escrita.
En la audiencia de juicio, la fiscal Lorena Cárdenas manifestó que, la noche del 22 de abril, la menor fue trasladada al Hospital Docente de Ambato. La niña llegó con varios hematomas en el cuerpo y laceraciones en su labio.
Su madre y padrastro dijeron que –días atrás– la niña se había caído mientras se bañaba y que se había ahogado comiendo una sandía.
Sin embargo, esa información no concordó con los elementos de convicción recabados inicialmente, como el resultado de la autopsia médico-legal, que concluyó que la menor falleció por un trauma cráneo encefálico, hemorragia interna y contusión cerebral por sacudidas repetidas y que presentaba varios signos de maltrato anteriores, como desnutrición y síndrome de niño maltratado.
Además, Fiscalía demostró la materialidad y la responsabilidad de Jaime Israel T. M. con prueba documental, testimonial y pericial, como el parte policial, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y las certificaciones de los antecedentes de violencia intrafamiliar del sentenciado, el informe psicológico que determinó una mala relación entre la niña y su padrastro, y testimonios que ratificaron una muerte violenta.
Dentro de este proceso penal, la madre de la víctima, Wendy Michelle C. P., también fue procesada; sin embargo, el Tribunal consideró que las pruebas en su contra fueron insuficientes y ratificó su estado de inocencia.
Fiscalía apelará la resolución de los magistrados al respecto.
Otros datos
La investigación determinó que la víctima apenas articulaba palabras y que era obligada a barrer y doblar la ropa, y que, en caso de no hacerlo, recibía golpes en su cabeza.
Dato jurídico
El delito de asesinato está tipificado en el artículo 140, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
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