Sentenciado por divulgación de información confidencial

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 396-DC-2019

Sentenciado por divulgación de información confidencial

Difundió información de la Fiscalía, en el marco de una investigación previa.

Ambato, 17 de septiembre de 2019.- Con base en las pruebas presentadas por Fiscalía –y después de cinco horas de audiencia– el Juez de Garantías Penales, en juicio directo, declaró culpable a Marcelo A. H. por el delito de difusión de información de circulación restringida y lo sentenció a doce meses de privación de libertad.

En la audiencia se evacuaron pruebas documentales y periciales, que determinaron la responsabilidad del procesado.

Proceso

Marcelo A. H., abogado en libre ejercicio, divulgó información de una investigación previa que llevaba ya cuatro meses de avance, sobre el presunto cometimiento de un delito de asociación ilícita: puso sobre aviso a los investigados sobre un allanamiento que se iba a ejecutar en su domicilio.

Los investigados tenían un modus operandi en los alrededores del parque 12 de Noviembre, de Ambato, para la compra y venta de sustancias sujetas a fiscalización. Presuntamente los ciudadanos también cobraban por el espacio en los alrededores del parque.

Gracias al reporte de la oficina técnica de vigilancia electrónica se pudo determinar que el procesado habría tenido contacto con personas de la presunta banda delictiva.

La tarde del 22 de julio de 2019, personal policial localizó al jurista en el sur de Ambato, donde fue aprehendido.

El fiscal de Flagrancia, Byron Viteri, evacuó pruebas, como testimonios de los agentes, informe de evidencias, o el reporte de la oficina técnica de vigilancia electrónica, en el que escuchan las llamadas del procesado; esto además de la exportación pericial de llamadas telefónicas, entre otros, que sirvieron para determinar la divulgación de la información.

Dato jurídico

El delito de difusión de información de circulación restringida está tipificado en el artículo 180, numeral 2 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que determina que “la persona que difunda información de circulación restringida será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”. En este caso es una información de Fiscalía, en el marco de una investigación previa.

 

 

 

Información de contacto:

Dirección de Comunicación Social

comunicacionsocial@fiscalia.gob.ec

Teléfono: 3985800 Ext. 173123