Sentenciado a 29 años de prisión por la violación perpetrada contra su hija de 9 años
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 830-DC-2021
Machala (El Oro), 06 de septiembre de 2021.- Un Tribunal de Garantías Penales de El Oro sentenció a veintinueve años de prisión a Daniel F. G., conocido en la localidad como el payaso “Retorta”, por la violación perpetrada contra su hija de 9 años.
La niña había perdido a su madre tras una grave enfermedad y se quedó al cuidado de su abuela. Sin embargo, su custodia fue reclamada ante un Juez por su padre. A los pocos días de convivencia, la víctima alertó a su abuela sobre un presunto abuso sexual, por lo que la mujer denunció los hechos en Fiscalía.
El 20 de septiembre de 2020, agentes de la Dirección Nacional de Policía Especializada para Niños, Niñas y Adolescentes (Dinapen) acudieron a la vivienda donde habitaba Daniel F. G. con su hija, para notificar sobre la denuncia. Los agentes, además, constataron que las condiciones del lugar no eran las idóneas y el estado nervioso de la niña, quien les contó que fue víctima de agresiones sexuales por parte de su progenitor.
De inmediato, fueron trasladados ante la autoridad competente, donde se efectuaron las diligencias pertinentes, se calificó la flagrancia y Daniel F. G. fue procesado por el delito de violación.
Durante la audiencia de juicio, la fiscal de Violencia de Género N°2 del cantón Machala, María Isabel Tenesaca, presentó como pruebas: el testimonio anticipado de la niña, el resultado del examen médico-legal que confirmó la violación, el informe psicológico, que señala que la infante presenta estrés postraumático por los hecho de los que fue víctima; los informes de trabajo social y de entorno social, que justificaron el estado de vulnerabilidad e inadecuado cuidado de la víctima; la denuncia de su abuela, testimonios de los agentes de la Dinapen que tomaron el procedimiento en la vivienda donde encontraron al agresor y su hija, y el de los agentes policiales que aprehendieron del procesado.
El 31 de agosto de 2021, los magistrados emitieron la sentencia condenatoria por la violación, en la que consideraron agravantes, y dispusieron el pago de una multa de 600 salarios básicos unificados y de 15.000 dólares como reparación integral a la víctima. Además, dispusieron que continúe el tratamiento psicológico para la agraviada.
A estos se sumaron las medidas de protección dispuestas en el artículo 558 con Código Orgánico Integral Penal (COIP), tales como la prohibición del procesado de concurrir a determinados lugares o reuniones, acercarse a la víctima, testigos y a determinadas personas, en cualquier lugar donde se encuentren, realizar actos de persecución o de intimidación a la víctima o a miembros del núcleo familiar por sí mismo o a través de terceros y la extensión de una boleta de auxilio a su favor.
Información de contacto:
Dirección de Comunicación Social
comunicacionsocial@fiscalia.gob.ec
Teléfono: 3985800 Ext. 173123