Sentenciado a 13 años de prisión por haber abusado sexualmente a su hija

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 802-DC-2022

Sentenciado a 13 años de prisión por haber abusado sexualmente a su hija

Joya de los Sachas (Orellana), 21 de octubre de 2022.- Hugo Danilo J. P., de 42 años, fue sentenciado a cumplir la pena agravada de trece años y cuatro meses de privación de libertad, como autor del delito de abuso sexual, perpetrado en su hija menor de 5 años.

Fiscalía probó que el procesado actuó con “conocimiento de lo antijurídico y con voluntad para agredir –como lo hizo– a la indemnidad e integridad sexual de la menor”, indicó el Tribunal de Garantías Penales de Orellana en su sentencia condenatoria. Los jueces penales –en la audiencia de juzgamiento– escucharon los testimonios de la madre de la víctima, de las peritas psicóloga, médico legista y trabajadora social, de los agentes investigadores y también la reproducción del testimonio anticipado de la niña, convocados como testigos por el fiscal del caso, Pío Palacios.

El Tribunal también escuchó a la abogada defensora, así como el testimonio sin juramento del procesado. La defensa alegó que la denuncia por abuso sexual se ingresó en Fiscalía a partir de una queja puesta por su cliente “mi defendido, después de la separación, exigió sus derechos como padre”. En tanto el procesado negó los hechos.

Un relato creíble

Las pruebas expuestas ante los jueces, permitieron a Fiscalía romper con la presunción de inocencia del procesado y exponer un relato judicial de los hechos: la madre de la víctima recibió una notificación de la Junta Cantonal de Protección de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del cantón Joya de los Sachas, el 12 de julio de 2017. Hugo Danilo demandaba a la mujer por no criar bien a su hija, porque la tenía descuidada, salía en las noches y la dejaba con terceras personas. Reclamaba la tenencia de la niña.

La madre conversó con su hija para decirle que iría a vivir con el padre para evitar problemas, pero la niña no quiso ir. Le contó a la madre –en sus palabras– que durante dos visitas a la vivienda de su progenitor, tocó de forma indebida su cuerpo y la obligó a ver películas con contenido pornográfico.

Dijo que su padre “hizo cosas que no debía hacerme y me dijo cosas que no debía decirme […] le di tres patazos para que me dejara”. Además, le pidió que no lo cuente, porque no la regresaría nunca a la casa de su mamá.

Según la perita psicóloga, los tocamientos libidinosos y abusivos los ejecutó en la niña cuanto tenía entre 4 y 5 años de edad. Acotó que –durante la recepción del testimonio anticipado–, víctima hizo una recreación de lo sucedido en ella, tanto con expresión corporal como con los muñecos anatómicos. Por lo que considera que su relato es creíble y coherente, pues contiene detalles específicos de la ofensa sexual. La experta en trabajo social afirmó que, durante su pericia, la niña insistió para que conozca el lugar que ella consideraba peligroso: el portón de entrada a la vivienda de su padre, a quién identificó como el agresor.

La sentencia condenatoria precisa, además, el pago de una reparación de 1.000 dólares para la víctima y veinte salarios básicos unificados como multa para la administración de justicia.

 

 

 

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