Sentenciada por suplantación de identidad
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 372-DC-2024
Sentenciada por suplantación de identidad
Penipe (Chimborazo), 22 de marzo de 2024.- Erika Anahí E. Ch. se sometió al procedimiento abreviado y aceptó su responsabilidad en el delito de suplantación de identidad, por lo que recibió una sentencia de ocho meses de prisión. Fue aprehendida cuando intentó cobrar el Bono de Desarrollo Humano (BDH) con un documento de identificación que no le pertenecía.
En la audiencia, el fiscal del caso presentó los elementos de convicción recabados en la investigación, entre ellos, el parte policial de aprehensión, versiones, el reconocimiento del lugar de los hechos y evidencias (que incluye la cédula de identidad de la afectada), el informe pericial de audio y video practicado a las cámaras de vigilancia de la entidad bancaria, entre otros.
El fiscal de la causa informó que los hechos ocurrieron en el cantón Penipe, en la Cooperativa de Ahorro y Crédito “4 de Octubre”, cuando Erika Anahí E. Ch., se habría acercado a la ventanilla con el fin de cobrar el BDH con una identidad falsa.
La hoy sentenciada presentó una cédula de identidad que correspondía a María Manuela M. Q, por lo que, la cajera de la entidad bancaria tras verificar que los rasgos faciales no coincidían con la imagen de la cédula de identidad que presentó, dio aviso a la Policía Nacional, por lo que fue aprehendida en delito flagrante.
Información jurídica
El delito de suplantación de identidad está tipificado en el artículo 212 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años. En este caso se aplicó el procedimiento abreviado, lo que permitió la reducción de la pena.
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