Sentencia ratificada contra 2 adolescentes culpables de violación
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 221-DC-2020
Francisco de Orellana (Orellana), 09 de marzo de 2020.- Se ratificó en segunda instancia el internamiento institucional de siete y ocho años, impuesto a dos adolescentes como autores del delito de violación.
La audiencia de apelación se instaló el 5 de marzo último, en la Corte Provincial de Justicia de Orellana. La fiscal Eulalia Rodríguez Quito expuso las pruebas con las que se obtuvo la sentencia en primera instancia.
Recordó que el 28 de septiembre de 2019, la adolescente A. A. M. X. estaba en la orilla de un río donde fue abordada y violada por los dos adolescentes. El testimonio anticipado de la víctima detalló el hecho.
También se expusieron los testimonios de las peritas médico-legal, psicóloga y de trabajo social; así como el testimonio de la madre y de los policías que actuaron cuando la progenitora presentó la denuncia.
La defensa de los menores procesados (J. N. A. A. y W. R. A. Ch.) apeló la sentencia impuesta el 26 de diciembre de 2019 por la jueza Marcia Jiménez, en una audiencia en la que se provocaron incidentes, tanto en la instalación como en el anuncio de la resolución.
Dato jurídico
La aplicación de medidas socioeducativas por delitos sancionados en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) están determinadas en el artículo 385 del Código Orgánico de la Niñez y la Adolescencia (CONA).
El numeral 3 de dicho artículo prevé que, para los casos de delitos sancionados con privación de libertad superior a diez años en el COIP (de diecinueve a veintidós años de prisión por violación, según el artículo 171, inciso primero numeral 2 en este caso), se determina la aplicación de la medida de amonestación e internamiento institucional de cuatro a ocho años.
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