Sentencia de 29 años por violación, ratificada

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 414-DC-2019

Sentencia de 29 años por violación, ratificada

La Fiscalía sustentó las pruebas presentadas en la audiencia de juzgamiento, con las que había comprobado el cometimiento del delito.

Las Naves, 23 de septiembre de 2019.- Ya había sido sentenciado a veintinueve años y cuatro meses de prisión por el delito de violación, cometido en una adolescente de 15 años. Sin embargo, la defensa técnica del procesado presentó un recurso de apelación, para tratar de descartar su culpabilidad.

En la audiencia de recurso de apelación, la Sala Multicompetente de la Corte Provincial de Justicia de Bolívar negó dicha solicitud y ratificó la condena en contra de Robert G. B.

Los hechos

El sentenciado, profesor de profesión, llevaba una relación de amistad con la adolescente y con su madre: mantenían comunicación a través de redes sociales y visitas en casa. Con el paso del tiempo, dicha amistad se convirtió en una relación sentimental.

Una vez terminado el noviazgo –en diciembre de 2018–, el ciudadano fue a la casa de la menor y, aprovechando que no había nadie en el lugar, la violó.

Después de lo ocurrido, la adolescente acudió a su colegio y narró los hechos en el departamento de Psicología. Junto a la madre de la víctima, presentaron la denuncia de inmediato.

Después del examen médico legal y ginecológico, que concluyó que la adolescente tenía proteína P30 de pocas horas en su cuerpo, el ciudadano fue procesado de inmediato.

El fiscal del cantón Las Naves, Darwin Jiménez, justificó con pruebas tanto la existencia de la infracción como la responsabilidad del acusado, con el testimonio anticipado de la menor, la prueba testimonial de su madre, las pericias médico-legales, de trabajo social y psicológica, y el reconocimiento del lugar de los hechos, además de testimonios de agentes policiales, entre otros.

El Tribunal Multicompetente de Bolívar lo condenó a veintinueve años de pena privativa de libertad por el delito de violación.

Dato jurídico

El delito de violación está tipificado en el artículo 171, inciso primero, numeral 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y aunque determina una pena de diecinueve a veintidós años de privación de libertad, en este caso, la pena se incrementa por lo estipulado en las circunstancias agravantes del artículo 48, numeral 9, del mismo cuerpo legal.

 

 

 

Información de contacto:

Dirección de Comunicación Social

comunicacionsocial@fiscalia.gob.ec

Teléfono: 3985800 Ext. 173123