Sentencia condenatoria de 29 años por violación de una menor

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 113-DC-2020

Sentencia condenatoria de 29 años por violación de una menor

El procesado tenía 18 años al momento de cometer el delito. Habría violentado por varias ocasiones a la víctima, amenazándola de muerte si denunciaba el hecho

La Libertad (Santa Elena), 31 de enero del 2020.- El Tribunal de Garantías Penales de La Libertad emitió sentencia condenatoria de veintinueve años y cuatro meses de prisión contra Julio Abraham M. C., por el delito de violación, perpetrado contra su prima, una menor de 10 años. El hecho ocurrió desde septiembre de 2014.

El fiscal Juan Pablo Arévalo presentó pruebas testimoniales y documentales, con las que demostró la materialidad de la infracción y la responsabilidad del procesado ante el Tribunal, conformado por los jueces Milton Pozo, Abdón Monroy y Deisy Lindao.

En la comparecencia, Fiscalía llamó a diez personas para que rindan su testimonio en esta causa penal, entre ellos, los agentes investigadores de la Policía Judicial, médicos peritos, sicólogos y trabajadora social que intervinieron en el caso; además, el del padre de la menor y el testimonio anticipado de la víctima.

Entre las pruebas documentales se presentaron el informe médico legal, el investigativo y el del reconocimiento del lugar de los hechos. A estas se sumó las pericias de entorno social y psicológico, que establecieron los factores de vulnerabilidad y afectación de la menor, y la credibilidad en su relato.

Los jueces del Tribunal Penal acogieron las pruebas presentadas por Fiscalía e impusieron una sentencia condenatoria de veintinueve años y cuatro meses contra Julio Abraham M. C., por el delito de violación. La multa impuesta fue de 800 salarios básicos unificados (320.000 dólares) y se dispuso el pago de 10.000 dólares como reparación integral a la víctima.

El hecho se produjo al interior del domicilio de la afectada, de manera reiterada, por un lapso de casi tres años (cuando la menor contaba con 10 años de edad). Cuando el ahora sentenciado llegaba de visita al domicilio, consumaba el delito en estado de ebriedad y en la ausencia de los progenitores.

La afectada no soportó más las humillaciones y amenazas de muerte y le contó lo sucedido a una prima, quien avisó a sus padres. Estos alertaron a las autoridades judiciales y policiales, quienes intervinieron brindando protección y atención a la menor.

Dato jurídico

Fiscalía procesó a Julio Abraham M. C. por el delito de violación, tipificado en el artículo 171, inciso 1, numeral 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona al infractor con pena privativa de libertad de diecinueve a veintidós años. La sentencia se incrementó en un tercio, con las agravantes establecidas en el artículo 48, numerales 5 y 9, del mismo cuerpo legal: cuando el agresor pertenece al grupo familiar de la víctima y la conoce con anterioridad a la omisión de la infracción.

 

 

 

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