Exfiscal General deberá pagar costas del caso «Palo Azul»

Quito, 20 de febrero del 2014.- El exfiscal General del Estado, Washington Pesántez  y el exfiscal subrogante, Alfredo Alvear, deberán pagar las costas judiciales en el caso «Palo Azul».

Así se determinó en la resolución escrita de la Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia en la audiencia  de apelación realizada en diciembre de 2013.

En esta audiencia también se dejó sin efecto el fallo que obligaba el pago de costas  judiciales a los exjueces nacionales Luis Abarca Galeas y Hernán Ulloa Parada.

Según los jueces, Wilson Merino, Ximena Vintimilla y Gladys Terán, en el Código de Procedimiento Penal, establece que la pena pecuniaria (pago de costas), será impuesta a los sujetos procesales, mas no a los jueces magistrados, que son garantes del debido proceso y no dirigen la causa penal.

En abril de 2012, la jueza nacional Lucy  Blacio,  declaró la nulidad de todo lo actuado en la reapertura de este proceso penal y determinó el pago de costas a los funcionarios públicos que llevaron la causa hasta esas instancias.

Esta resolución fue apelada por los exjueces Abarca y Ulloa en diciembre de 2013. Al respecto, la Sala Penal, por unanimidad declaró a lugar el recurso interpuesto y revocó  el pago de costas judiciales en relación a los mencionados jueces.

Historia:

El caso Palo Azul se inició el 09 de enero del 2001, cuando el exdiputado Antonio Posso Salgado, en su condición de vicepresidente del H. Congreso Nacional, en esa época, presentó una denuncia ante la Fiscalía General del Estado porque, a su criterio, los contratos eran “casi nulos en unos casos y en otros totalmente nulos”, supuestamente porque las empresas contratantes no pagaban impuesto al Servicio de Rentas Internas (SRI).

Con estos antecedentes la Fiscalía inició una indagación previa el 07 de junio del 2001 y se dispuso varios actos investigativos, entre ellos la petición  a la Contraloría General del Estado  para que realice un examen especial de los casos que constaban en la denuncia, como por ejemplo si el campo Palo Azul, del Bloque 18,  era o no unificado.

En ese contexto también se solicitó un peritaje técnico internacional para determinar si ese campo, que a su debido tiempo fue adjudicado a la empresa Petrobras, era un solo yacimiento con el campo Palo Azul 2, que era administrado por Petroecuador.

Dos informes de contraloría y dos peritajes internacionales determinaron que tal unificación no existía. Con base en esa información, en el 2006 Cecilia Armas Tobar, fiscal General del Estado de ese entonces, al no existir indicios de responsabilidad penal, y por la falta de elementos que hagan sostenible la imputación del presunto delito de peculado, desestimó la denuncia presentada por el diputado Antonio Posso Salgado, solicitando el archivo de la misma.

El  27 de julio del 2006, el Presidente de la Tercera Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), acogió el pedido de desestimación de la Fiscal General y aceptó el requerimiento de archivo, sin que tal resolución pueda ser modificada  mientras no varíen las circunstancias que fundamentaron tal decisión de las autoridades del Ministerio Público.

Pese a ello, el 27 de marzo del 2008, Alfredo Alvear, como ministro fiscal del Estado, subrogante, dijo que las circunstancias que llevaron a la Fiscalía a desestimar la denuncia del diputado Posso Salgado, habían variado, sin precisar en qué, dispuso que se reabra la investigación.

De esa forma, Washington Pesántez, exfiscal General del Estado, ordenó la contratación de un nuevo peritaje técnico por 60 000 dólares para verificar nuevamente la existencia o no del campo unificado Palo Azul.
Según este último estudio, sí existía tal unificación y con este argumento se continuó con la indagación y la vinculación de nuevos procesados a este caso.

El 30 de abril de 2012, la jueza Lucy Blacio calificó la nulidad del proceso y pidió el pago de costas.
Además, se mostraron las carencias técnicas y legales del último peritaje dispuesto por el exfiscal Pesántez con lo cual se restó total validez a este documento elaborado por el biólogo Hugo Loza, principalmente