SAI – Servicio de Atención Integral
Atención de actos administrativos
Servicio orientado a brindar atención y asesoría a los denunciantes de un acto administrativo, para la recepción y el registro, así como la asignación de los expedientes a las unidades fiscales conforme a su especialidad y competencia.
(1) Fiscalía dispone a un perito que efectúe la revisión a un vehículo retenido. También puede ser solicitado por el dueño para verificar la legalidad de su bien. Aplicando los reactivos químicos pertinentes, se restaura la numeración anterior, comprobando que el vehículo fue alterado o no.
Víctimas y denunciantes de presuntos hechos delictivos no flagrantes.
Hecho no flagrante
Es cuando no se ha aprehendido a la persona responsable del delito en las primeras veinticuatro horas de ocurrido el hecho. Por lo cual se debe denunciar ante Fiscalía, institución que tiene como competencia la investigación de los delitos de acción pública penal.
¿Qué obtendré si completo satisfactoriamente el trámite?
Registro del acto administrativo para ‘Revenido químico’, con su respectivo número y el detalle de la Fiscalía que investigará el caso.
Requisitos obligatorios
Canales de atención: presencial.
Este es el procedimiento que debes seguir:
1.Acudir al Servicio de Atención Integral (SAI) más cercano.
2.Presentar la solicitud escrita para la realización del revenido químico a un vehículo, adjuntando una copia de la matrícula del vehículo.
3.Firmar el registro del acto administrativo de revenido químico.
4.Recibir el registro del acto administrativo, impreso con la información de la Fiscalía que investigará el caso.
Lugar de atención: Servicio de Atención Integral (SAI) a escala nacional.
Horario de atención: de lunes a viernes, de 08:00 a 17:00.
Contacto: Servicio de Atención Integral a escala nacional (ir a directorio telefónico).