Respecto a las declaraciones de los ciudadanos Anderson B. y Mónica V., y la investigación que Fiscalía adelanta desde 2023


COMUNICADO OFICIAL FGE N°032-DC-2024

Respecto a las declaraciones de los ciudadanos Anderson B. y Mónica V. –y en apego a la transparencia con la que trabaja esta Institución–, la Fiscalía General del Estado informa a la ciudadanía:

  • La Fiscal General conoce y es responsable únicamente de aquellos casos que están en su despacho, conforme lo determinan las competencias estipuladas en la norma vigente. Es decir, cuando los investigados tienen fuero de Corte Nacional, como se ha explicado en varias ocasiones. Mientras que las noticias del delito cuyos investigados no tienen dicho fuero, son conocidas por fiscales de primer nivel o provinciales, según sea el caso. En este contexto, es fundamental que se entienda que todos los agentes fiscales tienen completa independencia. Asegurar cualquier otra circunstancia, como supuestas injerencias, es faltar a la verdad.


  • Al conocer sobre la denuncia de los ciudadanos –presentada a un agente fiscal en octubre de 2021, respecto a supuestas amenazas en su contra–, fueron ingresados al Sistema de Protección a Víctimas y Testigos (Spavt), desde esa fecha hasta cuando abandonaron el país, día en que fueron escoltados al aeropuerto. En dicha causa se han practicado varias diligencias, como consta en el expediente, a pesar de no haber contado con su colaboración.


  • En torno a una investigación abierta de oficio en octubre de 2023, tras haber encontrado un supuesto informe de seguimiento, el señor Anderson B. fue informado inmediatamente. Él, incluso, rindió versión en compañía de su defensor, se le brindó acceso al expediente (como consta en el mismo) y se atendieron todos los requerimientos de la defensa técnica.



La Institución se ha tomado algunos días para responder de la forma más clara y sin que esta información interfiera con los procesos en los que están inmersos los involucrados, que fueron hechos públicos por el señor Anderson B. (quien tuvo acceso a los mismos en el marco del debido proceso, como ya se señaló), pese a que se encuentran en investigación previa (artículo 584 del COIP).*


La Fiscalía General del Estado y su máxima autoridad no ventilan información reservada (delito tipificado en el artículo 180 del COIP) de las causas que se investigan y hacen un llamado a las partes procesales a cumplir con la normativa legal vigente.


Quito, 16 de septiembre de 2024

FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO