Recuperar al adolescente infractor, una prioridad para la Fiscalía

Las medidas socioeducativas para los adolescentes infractores garantizan su educación, integración familiar e inclusión social.

Quito, 5 de noviembre del 2016.- ‘Julián’ tiene 14 años y no habla mucho. A inicios de agosto del 2016 estuvo implicado en el robo de un celular.  La fiscal Martha Reino solicitó al juez de la Niñez y Adolescencia, se le imponga 30 horas de labor comunitaria.

El joven colaboró con la limpieza en la Unidad de Policía Comunitaria (UPC), cercana a su domicilio. Los agentes de esa unidad  informaron a la Fiscalía sobre el estricto cumplimiento de esta actividad.

Medidas socioeducativas, como la que cumplió ‘Julián’, son solicitadas por la Fiscalía, para que los jóvenes infractores reparen el daño causado a la sociedad y no solo con un internamiento, que los priva de su libertad, explicó la fiscal Martha Reino, coordinadora de la Unidad de Adolescentes Infractores de la Fiscalía de Pichincha.

Así se garantiza que el joven continúe con su educación, integración familiar e inclusión social, además de proteger  su estabilidad emocional. Depende del delito que cometa un adolescente, es preferible recuperarlo con medidas socioeducativas ya que la privación de la libertad podría afectarlo de forma negativa.

“Así se configura el éxito de la justicia penal en los adolescentes infractores”, recalcó la fiscal Reino. 

 

La responsabilidad penal de los adolescentes infractores 

Los adolescentes infractores también son juzgados con base en el Código de la Niñez y Adolescencia y con la intervención de jueces y fiscales especializados, para proteger sus derechos.  Adolescentes se considera a las personas de 12 a 18 años (0 días) de edad.

  • El proceso

La Fiscalía puede iniciar un proceso penal contra un adolescente si se cuenta con los suficientes elementos de convicción que hagan presumir su participación en la comisión de un delito.

  • La detención

 Foto ilustración.

Los adolescentes pueden ser detenidos: 

-En delito flagrante. 

-Cuando se han fugado de un centro de internamiento para adolescentes infractores. 
-Cuando hay una orden de detención emitida por un juez competente.

  • Sanciones

Si se establece su responsabilidad en un hecho delictivo, el adolescente puede ser sancionado con medidas socioeducativas. Estas se aplican de acuerdo con lo que establece el Código Orgánico Integral Penal (COIP). Las sanciones pueden variar desde:

  1. -Amonestación verbal. 
  2. -Imposición de reglas de conducta. 
  3. -Servicio comunitario. 
  4. -Internamiento domiciliario.

En el caso de delitos graves, los adolescentes pueden ser sancionados con internamiento institucional de hasta ocho años.

  • La defensa

El adolescente tiene derecho a un defensor particular o el Estado le asignará un defensor público. En el proceso no necesita estar representado por un adulto.

Para cumplir  con  la norma penal, la Fiscalía General del Estado cuenta con 23 fiscalías especializadas para el tratamiento de causas  de adolescentes infractores a escala nacional.