Procesado por comercialización de pornografía infantil


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 674-DC-2024

Procesado por comercialización de pornografía infantil


Portoviejo (Manabí), 07 de junio de 2024.- Sobre la base de los elementos de convicción recabados durante la investigación fiscal, se inició un proceso penal contra Rodolfo V. por su presunta participación en el delito de comercialización de pornografía con utilización de niños, niñas y adolescentes (NNA).


El Fiscal del caso solicitó que se le imponga la medida cautelar de prisión preventiva; sin embargo, el Juez que conoció la causa dispuso presentaciones periódicas y prohibición de salida del país, debido a que el imputado es una persona con discapacidad y a que presenta problemas de salud, lo que incluye una operación quirúrgica reciente.


Fiscalía señaló que la investigación se inició luego de recibir una alerta por parte del Departamento se Seguridad de los Estados Unidos sobre la descarga y almacenamiento de material pornográfico (imágenes y videos), que incluía a personas menores de edad.

Con la información proporcionada –y tras haber practicado las pericias correspondientes–, se logró determinar la ubicación de la IP y el correo electrónico utilizados para el presunto cometimiento del delito, por lo que se ejecutó un allanamiento en el que el hoy procesado fue detenido.


En su poder tenía el teléfono celular, cuyo número coincidía con el reportado, y un computador, en el que también se utilizaba el correo descrito en la alerta.

Con base en esos indicios (a los cuales se les aplicará pericias de recuperación de información) y otros elementos de convicción recabados durante la investigación, se formularon cargos en contra del hoy procesado, quien se desempeñaba como docente.


Luego de analizar todos los elementos presentados y los argumentos expuestos en la audiencia, el Juez dispuso medidas cautelares no privativas de libertad y el inicio de la instrucción fiscal de noventa días.

Información jurídica

El Código Orgánico Integral Penal (COIP), en su artículo 104, sanciona el delito de comercialización de pornografía con utilización de niños, niñas y adolescentes, con pena privativa de libertad de diez a trece años.


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