Procesado irá a juicio directo por delito contra la fauna y flora silvestres


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 556-DC-2024

Procesado irá a juicio directo por delito contra la fauna y flora silvestres


Lago Agrio (Sucumbíos), 10 de mayo de 2024.- Catorce animales –considerados dentro del grupo de fauna silvestre– fueron encontrados en la vivienda de José Roberto E.

Mediante acto urgente, Fiscalía –en coordinación con la Policía Nacional– dirigió un allanamiento ejecutado a las 21:45 del 8 de mayo de 2024 en el domicilio del ahora procesado, ubicado en el kilómetro 10 de la vía al Coca.


La Policía abrió la puerta de la casa y un mono chorongo, que estaba en la entrada, les dio la bienvenida.

José Roberto E. apareció para identificarse como el dueño de casa. A las preguntas de Fiscalía, respecto a si tenía más animales en el inmueble, el hombre respondió que sí, que en la parte de atrás, pero que desconocía que tenerlos era un delito.


Además del mono, el procesado guardaba un sajino de collar, una capibara, un venado, dos guacamayos, una lora harinosa, cinco guantas, una guatusa y una lora aliamarilla.

José Roberto E. fue aprehendido y, durante la audiencia de calificación de flagrancia, Fiscalía presentó como elemento de convicción: un informe del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, que estableció que las especies halladas en su casa están en peligro de extinción.


El documento fue elaborado por personal técnico de esa Institución, que también estuvo en el operativo.

El Fiscal citó, además, la versión del policía que suscribió el parte y el informe de reconocimiento del lugar de los hechos.


Aunque Fiscalía solicitó la prisión preventiva, el Juez acogió los arraigos presentados por el sospechoso y ordenó la prohibición de salida del país, y presentaciones periódicas una vez por semana.

José Roberto E. se sometió a un procedimiento directo y se fijó su juzgamiento para el 29 de mayo de 2024. La instrucción fiscal durará veinte días.


Información jurídica
Los delitos contra la fauna y flora silvestres se sancionan en el artículo 247 del Código Orgánico Integral (COIP), con pena privativa de la libertad de uno a tres años.

 

 

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