Prisión preventiva por tenencia de cocaína

BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 017-DC-2020

Prisión preventiva por tenencia de cocaína

Esmeraldas, 08 de enero de 2020.- Con base en los elementos presentados por Fiscalía, en audiencia de flagrancia, Jueza de Esmeraldas dictó prisión preventiva para Rinner M., a quien se le formularon cargos por el presunto delito de tráfico ilícito de sustancias sujetas a fiscalización, a gran escala. La instrucción fiscal tendrá una duración de treinta días.

La detención del procesado se ejecutó con el apoyo de la Policía Nacional, en el sector de Tabule. Allí, los agentes procedieron a cumplir con el allanamiento de un inmueble en donde se encontraron cien paquetes cubiertos con cinta de embalaje, que contenía una sustancia blanquecina, misma que –luego de las pruebas correspondientes– dio como positivo para cocaína.

La sustancia sujeta a fiscalización se encontraba escondida en el techo de la edificación, camuflado en cuatro sacos de yute de color negro. Según la información obtenida mediante técnicas de investigación, este inmueble funcionaba como centro de acopio para su posterior distribución y comercialización.

En la diligencia fueron presentados, como elementos de convicción, el parte policial de los agentes que intervinieron en la aprehensión del ciudadano, el informe de verificación y pesaje de la sustancia, con un peso bruto de 113.806 gramos; el informe de inspección ocular técnica y de reconocimiento del lugar de los hechos y levantamiento de evidencias.

Rinner M. será procesado con base en lo tipificado en el artículo 220 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que describe al tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización como: “la persona que directa o indirectamente sin autorización y requisitos previstos en la normativa correspondiente: oferte, almacene, intermedie, distribuya, compre, venda, envíe, transporte, comercialice, importe, exporte, tenga, posea o en general efectúe tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas o preparados que las contengan, en las cantidades señaladas en las escalas previstas en la normativa correspondiente”.

 

 

 

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