Prisión preventiva por el femicidio de su conviviente

BOLETÍN DE PRENSA FGE No 976-DC-2020

Prisión preventiva por el femicidio de su conviviente

Guayaquil (Guayas), 29 de octubre de 2020.- Fiscalía procesó al ciudadano Manuel de Jesús A. C., tras haber asesinado a su conviviente, luego de que, sin motivos aparentes, apuñalara a la víctima al interior de las oficinas de la Empresa Pública de Agua Potable del cantón Colimes, provincia del Guayas, la tarde del lunes 26 de octubre de 2020.

Según las primeras investigaciones realizadas por la Fiscalía, el móvil del hecho se debería presuntamente a diferencias que mantenía la víctima con su pareja, situación que derivó en tragedia.

La mujer fue asesinada con doce puñaladas al interior de las oficinas donde laboraba, ante la presencia de sus compañeros; el victimario, luego de cometido el hecho, trató de huir pero fue detenido por la ciudadanía que se encontraban en el lugar y puesto a órdenes de las autoridades judiciales. La fallecida tenía 37 años de edad, se encontraba separada de su victimario y deja tres hijas menores en la orfandad. El procesado aceptó la responsabilidad de los hechos.

En audiencia de flagrancia, realizada en la Unidad Judicial Multicompetente del cantón Balzar, el fiscal Martín Almeida Villegas presentó varios elementos de convicción, entre ellos, el parte policial de detención, el acta de levantamiento del cadáver, el protocolo de autopsia, la versión de los hechos rendida por los agentes aprehensores, la denuncia presentada por familiares de la víctima y el informe médico-legal realizado al procesado.

El juez de Garantías Penales de este cantón, Galo Almeida Tapia, acogió los elementos presentados por Fiscalía y dictó prisión preventiva contra Manuel de Jesús A. C., por su responsabilidad en el delito de femicidio; dispuso, además, de treinta días para el cierre de la instrucción fiscal. El procesado fue trasladado al Centro de Privación de Libertad en Guayaquil.

Dato jurídico

Fiscalía procesó este caso según lo dispuesto en el artículo 141 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona el femicidio con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.

 

 

 

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