Prisión preventiva para policía por incumplir medidas de protección
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 365-DC-2023
Prisión preventiva para policía por incumplir medidas de protección
Francisco de Orellana (Orellana), 19 de abril de 2023.- Fiscalía inició un segundo proceso penal a un policía —en servicio activo— por incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente. La víctima mantenía una boleta de auxilio en su contra, desde septiembre de 2022.
El procesado habría incumplido las medidas de protección concedidas a favor de su exconviviente, estas son: prohibición a la persona procesada de concurrir a determinados lugares o reuniones; acercarse a la víctima, testigos y a determinadas personas, en cualquier lugar donde se encuentren; y, de realizar actos de persecución.
Fabián Mauricio L. habría cambiado las seguridades del domicilio de su expareja, aprovechando que ella se encontraba de viaje. La tarde del 16 de abril, la agraviada regresó a su vivienda y cuando intentó ingresar —haciendo uso de sus llaves—, se percató que las seguridades habían sido reemplazadas por lo que alertó a la Policía y sustituyó las cerraduras de sus puertas.
Esa noche, Fabián L. acudió a ese inmueble. Forcejeó las puertas e ingresó al lugar. Luego, rompió a pedradas los vidrios de la vivienda y amenazó con quitarle la vida a su expareja. Tras la agresión, huyó del sitio. En un operativo de la Policía Nacional, ejecutado la mañana del 17 de abril, fue aprehendido cuando salía de una residencia.
En el desarrollo de la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el fiscal de turno, Pío Palacios, presentó las versiones de los agentes aprehensores; el relato de la víctima; los peritajes de entorno social y psicológico; y, las copias de la causa por contravención, en las que se concedieron las medidas de protección a favor de la víctima.
Al culminar la audiencia, el Juez acogió el pedido motivado de Fiscalía y ordenó la prisión preventiva para el policía en servicio activo. Además, Fabián L. mantiene otro proceso abierto el 17 de marzo de 2023, por el mismo delito en perjuicio de la misma víctima. En esa causa, un Juez de Garantías Penales ordenó medidas alternativas a la prisión preventiva.
Información jurídica:
El delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente está tipificado en el artículo 282, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal, cuya pena privativa de libertad es uno a tres años.
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