Prisión preventiva para Jacobo B. P. por presunta delincuencia organizada
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 851-DC-2020
Quito (Pichincha), 26 de septiembre de 2020.- La Fiscalía General del Estado vinculó a Jacobo B. P. al proceso en que se investiga a tres agentes de la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) y al expresidente de la República, Abdalá B. O., por su presunta participación en el delito de delincuencia organizada.
Luego de haber analizado los elementos presentados por la Fiscal de caso, la Jueza de la causa le dictó prisión preventiva, como medida cautelar para asegurar su presencia en las siguientes etapas del proceso penal. Además, ordenó la retención de fondos por un valor de cuarenta salarios básicos unificados y señaló que la instrucción fiscal se extenderá por treinta días más.
Jacobo B. P. arribó al Ecuador la noche de este viernes 25 de septiembre, luego de ser expulsado de Colombia, en donde se encontraba de forma irregular, país que también le prohibió el ingreso por diez años.
Por esta causa el exmandatario Abdalá B. O. recibió arresto domiciliario y vigilancia policial las 24 horas del día (por ser mayor de 65 años), mientras que los tres funcionarios de la AMT, Klever Stalin A. H., Jhony Samuel O. T. y Leandro Germán B. R. cumplen prisión preventiva.
Los procesados en este caso habrían conformado un grupo estructurado para planificar actividades delictivas entre noviembre de 2019 y agosto de 2020 (en Quito y Guayaquil), entre estas, la obtención de beneficios económicos, varios de ellos en el contexto de la comercialización de pruebas para Covid-19 e insumos médicos, en medio de la emergencia sanitaria.
Esta investigación inició en mayo de 2020, por la posible relación de los cinco procesados con dos extranjeros detenidos en Santa Elena, quienes presentaron documentos falsos de la DEA y portaban más de 200.000 dólares en efectivo. Posteriormente, uno de ellos fue asesinado en el interior de la Penitenciaría del Litoral.
Jacobo B. P. también es investigado por otros dos presuntos delitos: tráfico de bienes patrimoniales (junto a su padre, Abdalá B. O.) y asociación ilícita (junto a sus hermanos Abdalá B. P. y Michele B. P.).
Dato jurídico
El delito de delincuencia organizada está tipificado en el artículo 369 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de siete a diez años.
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