Prisión preventiva para dos aprehendidas por hurto
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 409-DC-2023
Prisión preventiva para dos aprehendidas por hurto
Quito (Pichincha), 03 de mayo de 2023.- Acogiendo el pedido motivado de Fiscalía, un Juez de Garantías Penales ordenó la prisión preventiva de Irene Marisol G. y Deisy Aracely T. por su presunta participación en el delito de hurto, cometido el 30 de abril de 2023, en un apartamento ubicado en Tumbaco, oriente de Quito.
Una de las víctimas habría conocido, previamente, a las dos procesadas, a través de una aplicación de citas y ese día acordaron encontrarse en una gasolinera de la zona.
El afectado invitó a las dos mujeres a su departamento y llamó a su primo para que los acompañara. En este lugar, todos ingirieron bebidas alcohólicas.
Mientras los hombres dormían, las procesadas sustrajeron dos teléfonos celulares, relojes y una laptop y huyeron del inmueble.
Inmediatamente uno de los perjudicados denunció el hecho en Fiscalía y la Policía Nacional, con base en la señal emitida por uno de los celulares hurtados, inició un operativo para la ubicación de las implicadas.
Un hotel situado en Carcelén (norte de Quito) fue la coordenada recibida, por lo que agentes de la Policía acudieron al sitio donde las dos mujeres fueron aprehendidas, en delito flagrante. Entre las evidencias recabadas se incluyen los objetos sustraídos, que fueron reconocidos por las víctimas.
En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el agente fiscal de turno presentó elementos de convicción como: la denuncia y la versión de la víctima, el parte policial y las versiones de los agentes aprehensores, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y el avalúo de evidencias, los exámenes e informes médicos practicados a las víctimas, entre otros.
El plazo de la instrucción fiscal será de veinte días, ya que serán juzgadas en procedimiento directo.
Información jurídica:
El delito de hurto está tipificado en el artículo 196, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal, cuya pena privativa de libertad es de seis meses a dos años. El procedimiento directo concentra todas las etapas del proceso penal en una sola audiencia y se aplica en los delitos calificados como flagrantes, sancionados con pena privativa de libertad de hasta cinco años.
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