Prisión preventiva para 2 procesados por tenencia ilegal de 667 bloques de cocaína
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 208-DC-2020
El alcaloide fue encontrado encaletado al interior de una vivienda allanada en el sector de Los Esteros, en el sur de Guayaquil, tras el operativo ejecutado entre Fiscalía y la Unidad Antinarcóticos de la Policía Nacional.
Guayaquil (Guayas), 02 de marzo del 2020.- La Fiscalía del Guayas y la Unidad de Inteligencia Antinarcóticos allanaron, la tarde y noche del sábado 29 de febrero, una vivienda donde se incautaron 667 bloques de cocaína que estaban escondidos al interior de una cisterna. Además, dos personas fueron detenidas.
Para proceder con el allanamiento, a cargo del fiscal de la Unidad de Delincuencia Organizada (Fedoti), Álvaro Romero, se recibieron denuncias anónimas, a través de las cuales se ubicó el domicilio que era utilizado como centro de acopio y almacenamiento de droga. Se presume que el alcaloide llegaba desde Colombia, para luego ser trasladada a países de Centro y Norteamérica, en contenedores de fruta contaminados con el estupefaciente, a través del Puerto Marítimo.
En la audiencia realizada al día siguiente, en la Unidad de Flagrancia del Cuartel Modelo, el fiscal Ramiro Arboleda presentó ante el juez de Garantías Penales del Guayas, Aquiles Dávila, los elementos de convicción recaudados en la investigación, entre ellos: partes informativos y de detención de los procesados, el acta de pesaje y verificación de la droga incautada –que dio positivo para cocaína, con un peso de 649 kilos–, teléfonos celulares y documentación, que fueron ingresados en la cadena de custodia en la Policía Antinarcóticos del Guayas.
El Magistrado acogió el pedido solicitado por Fiscalía y dictó prisión preventiva contra José Alberto C. M. y Fernando Alberto C. M. (tío y sobrino) y dispuso que en treinta días se cierre la instrucción fiscal.
Dato jurídico
Fiscalía procesó a los detenidos por el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización (a gran escala), según el artículo 220, numeral uno, literal d, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que s sanciona con pena privativa de libertad de diez a trece años.
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