Por femicidio, ciudadano es sentenciado a 26 años de prisión y al pago de 100 000 dólares

 
La audiencia de juicio por femicidio se realizó en la Unidad Judicial Penal Norte 1 del cuartel Modelo.

Guayaquil, 01 de febrero de 2016.- Con base en las pruebas presentadas por la Fiscalía del Guayas, Telmo A. fue declarado culpable del femicidio de una mujer de 42 años de edad y sentenciado a 26 años de pena privativa de libertad. Además deberá pagar 109.800 dólares como reparación integral a la familia de la víctima.

Los jueces del Tribunal Noveno de Garantías Penales del Guayas emitieron el fallo este 01 de febrero, al finalizar la audiencia de juzgamiento.

El fiscal Rubén Pérez presentó en dicha audiencia pruebas testimoniales, documentales y materiales que demostraron que el sentenciado terminó de forma violenta con la vida de la mujer.

Según el fiscal Pérez, Telmo A., de 34 años, reconoció haber cometido el delito en un ataque de ira y celos por la negativa que le dio la víctima a sus pretensiones de noviazgo.

Su confesión coincide con el testimonio de testigos presenciales del hecho y con el informe de inspección ocular técnica y de reconocimiento de evidencia, el cual concluye que Telmo es el autor material de la muerte de la mujer.

El crimen ocurrió 25 de octubre de 2014, en el recinto Estero Loco, perteneciente al cantón Santa Lucía, en Guayas.

Telmo llegó al domicilio de la víctima, a quien la pretendía por más de tres años, armado con una escopeta y profiriendo insultos.

El hombre apuntó con el arma y amenazó de muerte a la mujer, pero la intervención del padre e hijos de ella frenó la acción. Minutos después sacó de su cinto un cuchillo y la apuñaló por dos ocasiones, ocasionándole la muerte casi inmediata.

La mujer se rehusaba a iniciar una relación sentimental con Telmo A., por las constantes agresiones verbales y amenazas que sufría e inclusive, tras un intento de violación denunciado meses atrás.

Telmo fue detenido, tras casi un año de estar prófugo, en el cantón Durán y trasladado a la Unidad Judicial de Daule, donde se le formuló cargos por femicidio.

En el Código Orgánico Integral Penal (COIP), el femicidio está tipificado en el artículo 141 y es sancionado con una pena privativa de libertad de 22 a 26 años.

En este caso se tomaron en cuenta los agravantes contemplados en los numerales 1 y 3 del artículo 142 del COIP. Estos manifiestan que si el agresor cometió el delito al tratar de establecer una relación de pareja y el crimen se produjo en presencia de hijos o cualquier otro familiar, se impondrá la pena máxima.