Pena máxima agravada por robo con resultado de muerte


BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 616-DC-2024

Pena máxima agravada por robo con resultado de muerte


Chone (Manabí), 23 de mayo de 2024.- Tribunal de Garantías Penales de Chone, luego de analizar las pruebas presentadas en la audiencia de juicio, acogió el pedido de Fiscalía y dictó sentencia de treinta y cuatro años y ocho meses de privación de libertad para Jipson V.: fue declarado culpable del delito de robo con resultado de muerte perpetrado contra un adulto mayor.

En la sentencia escrita se detallarán los montos por multa y reparación integral a los familiares de la víctima.


El crimen se registró el 5 de febrero de 2023 en el sector conocido como “El Ébano”, en el cantón Junín. Esa madrugada, el ya sentenciado ingresó a la vivienda de la víctima (de 77 años) y de su hermana, y –bajo amenazas– robó varios artículos de valor. El adulto mayor trató de evitar el atraco, pero fue atacado con golpes y luego llevado a un lugar despoblado, donde también lo agredió con un machete, ocasionándole once heridas que provocaron su muerte.

El cuerpo fue hallado a las pocas horas, gracias a la información proporcionada por la hermana de la víctima.


Las acciones investigativas permitieron identificar al atacante y ubicarlo varias semanas después, haciendo efectiva una orden de detención en su contra. De inmediato, Fiscalía inició un proceso penal en su contra.

En el desarrollo de la audiencia de juicio, el Fiscal del caso presentó como pruebas: siete testimonios referenciales y el testimonio anticipado de un testigo protegido. Además, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y de levantamiento de evidencias, el acta de levantamiento del cadáver y el informe de autopsia.


Las pruebas fueron valoradas por el Tribunal, que aceptó –en todas sus partes– el pedido de Fiscalía, aplicando las agravantes señaladas por la Institución, y le dictó la pena máxima para esta infracción.

Información jurídica

El artículo 189 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) señala que, si a consecuencia del robo se ocasiona la muerte, la pena privativa de libertad será de veintidós a veintiséis años. Se aplicaron agravantes.

 


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