Oficial de Policía es sentenciado a 5 años por concusión


La audiencia por delito de concusión se realizó en la Unidad Judicial de Babahoyo.

Babahoyo, 23 de octubre de 2015.- El Tribunal de Garantías Penales de Los Ríos con sede en el cantón Babahoyo impuso 5 años de pena privativa de libertad al oficial de Policía Iván V. por el delito de concusión.

La fiscal del caso, María Coloma, presentó en la audiencia de juzgamiento, que se realizó entre el 21 y 22 de octubre, los elementos de prueba contra el uniformado, quien se desempeñaba como Director de la Escuela de Formación de Policías Las Peñas, en Babahoyo.

Entre las pruebas que fueron sustentadas por la fiscal, constaron las versiones de 12 testigos y documentos que demostraron la exigencia de dinero por parte del oficial, en el grado de Teniente Coronel, para que la denunciante continúe proveyendo el servicio de alimentación y lavandería a los aspirantes en la Escuela de Formación.

Según la denunciante, quien compareció como testigo en la audiencia, en abril del año 2014 comenzó a laborar en la Escuela de Formación tras ganar un concurso y licitación con la empresa “Servicios Katherine”, para proveer la alimentación a los aspirantes a policías.

La denunciante relató que desde el inicio, llegó a un acuerdo amistoso con el Director de la Escuela de Formación en agradecimiento por la colaboración brindada por la consecución del contrato. Voluntariamente, la mujer acordó que le entregaría 1.500 dólares mensuales, lo que pudo cumplir por cuatro meses, pero a partir de agosto de 2014, decidió no entregar esa cantidad, dado que la empresa “Servicios Katherine”, había ganado el contrato legalmente.

A fines de julio, cuando la denunciante del hecho no le dio el dinero al oficial, éste la amenazó con despedirla, abusando de su condición de Director de la Escuela de Formación y le siguió solicitando la misma cantidad de dinero, y en algunas ocasiones mucho más, debido a que aparte de la alimentación, “Servicios Katherine” brinda el servicio de lavandería.

El acusado Iván V. le solicitó adicionalmente la cantidad de 500 dólares mensuales, y en una ocasión, arbitrariamente le había cobrado la suma de 1.350 dólares, argumentando que el dinero que los aspirantes pagaban por concepto de lavandería, era porque él lo permitía y que necesitaba el dinero porque tenía muchas deudas.

Ante el reclamo de la denunciante, el oficial la amenazó con finiquitar el contrato de trabajo. En ocasiones, narró la denunciante, en las que no podía entregar el dinero, el acusado se ponía furioso y le gritaba que debe ser “grata con la Policía, ya que le están haciendo un favor”, razón por lo que siguió entregando dinero por temor a quedarse sin el contrato de trabajo.

El Jefe financiero, el contador y secretario dieron fe de la validez del contrato de servicios y los rubros destinados para los pagos; además, 5 peritos de Criminalística, quienes dieron sus testimonios ante los jueces de que al menos dos alumnos cumplían órdenes que impartiera el acusado, respecto al cobro y entrega de dinero de la alimentación de los aspirantes a policías.

Dinero que fuera recaudado y entregado al oficial, quien supuestamente ordenó e hizo firmar un acta de entrega recepción entre los alumnos recaudadores y Verónica Saltos Intriago. Esta acta y el dinero fueron encontrados el 13 de marzo de 2014, en la oficina del oficial Iván V. y que obra dentro del contenido del parte de detención. 

Según el artículo 281 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), el delito de concusión es cuando “los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal en alguna de las instituciones del Estado, abusando de su cargo o funciones, exijan la entrega de derechos, cuotas, contribuciones, rentas, intereses, sueldos o gratificaciones no debidas; serán sancionados con pena privativa de libertad de tres a cinco años”.