Odontólogo es sentenciado como autor del abuso sexual perpetrado contra una paciente
BOLETÍN DE PRENSA FGE Nº 266-DC-2023
Odontólogo es sentenciado como autor del abuso sexual perpetrado contra una paciente
Quito (Pichincha), 21 de marzo de 2023.- Un inesperado final tuvo un procedimiento odontológico en un consultorio ubicado en la parroquia Tumbaco: la paciente, una adolescente de 14 años, fue abusada sexualmente por el especialista al que acudió la mañana del 19 de marzo de 2022.
Al finalizar la cita, se encontró con su madre que la esperaba fuera del consultorio. Ella la notó extraña, sin ánimo de levantar la mirada. Le preguntó qué le pasaba y le tomó de la mano.
Tras unos segundos de silencio, la víctima habló: le contó a su madre que el odontólogo, Giovany Germán R. R. le tocaba los pechos mientras fingía revisarle la dentadura.
El caso llegó a conocimiento de Fiscalía mediante un procedimiento en flagrancia. El odontólogo fue procesado y el caso recayó en la fiscal Ximena Mora, de la Unidad de Violencia de Género de Tumbaco.
En la etapa de juicio, Fiscalía demostró que el especialista cometió el delito de abuso sexual. El criterio jurídico fue compartido por el Tribunal de Garantías Penales que –por unanimidad– resolvió declarar culpable a Giovany Germán R. R., sentenciándolo a una pena agravada de seis años y ocho meses.
Para ello, la fiscal Ximena Mora expuso suficiente prueba testimonial, pericial y documental con la que destruyó la presunción de inocencia del odontólogo. El testimonio anticipado de la víctima, el testimonio de su madre, de su novio y hermano fueron concordantes y coherentes con los hechos demostrados en el juicio.
La pericia psicológica practicada a la víctima también fue determinante. En ella, la perita concluyó que la adolescente sufrió de un trastorno de estrés postraumático, relacionado con los veinte minutos que vivió dentro del consultorio. Ese evento derivó, además, en problemas para conciliar el sueño y pesadillas, por lo que tuvo que recibir medicación de naturaleza psiquiátrica.
El procesado —en su testimonio sin juramento— intentó rebatir la teoría fiscal, argumentando que si hubiera existido el acto de abuso sexual se habrían escuchado gritos de la adolescente que hubieran alertado a su madre, que esperaba afuera. Sin embargo, la fiscal Ximena Mora refutó ese alegato explicando que la agresión sexual dejó a la víctima en un estado de shock que le impidió reaccionar cuando se cometió el delito.
El Tribunal escuchó a las partes y, finalmente, le dio la razón a Fiscalía. Además de la pena privativa de la libertad, los jueces resolvieron imponerle a Giovany Germán R. R. el pago de una reparación integral de 5.000 dólares a favor de la víctima y de una multa de doce salarios básicos unificados.
Información jurídica
El delito de abuso sexual está tipificado en el artículo 170, inciso primero, del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Los jueces consideraron las agravantes del artículo 48, numerales 1 y 9, de la misma norma: “encontrarse la víctima al momento de la comisión de la infracción al cuidado o atención en establecimientos públicos o privados, tales como los de salud, educación u otros similares; conocer a la víctima con anterioridad a la comisión de la infracción”.
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